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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 10738
Derechos fundamentales 239/2014 sobre ordinario

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Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DERECHOS FUNDAMENTALES 0000239 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN PEDRO FERNANDEZ MEDINA, ANTONIO MAS GARRIDO , JUAN PEDRO MORALES FERNANDEZ , GABRIEL TRUYOLS FONT , JUAN GAYA BRUNET  contra la empresa MARGARITA ROSSELLÓ NADAL, SEBASTIAN LLABRÉS MESQUIDA , JUAN LLABRÉS ROSSELLÓ , MARTA LLABRÉS ROSSELLÓ ,  LLABRES ROSSELLO SL  ,  MARMOLES Y DECORACION ROSSELLO SL  , ANTONI FRAU SITGES ,  FOGASA , sobre TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES, se ha dictado la siguiente resolución, del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

SECRETARIO/A JUDICIAL SR/SRA D/Dª.  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO

En PALMA DE MALLORCA, a veintisiete de Mayo de dos mil catorce.

Se ha presentado escrito por JUAN PEDRO FERNANDEZ MEDINA, ANTONIO MÁS GARRIDO, JUAN PEDRO MORALES FERNÁNDEZ, GABRIEL TRUYOLS FONT, JUAN GAYÁ BRUNET  en fecha 22/05/14, solicitando ampliación de la demanda.

Visto el contenido del mismo, acuerdo tener por ampliada la demanda contra  MARGARITA ROSSELLO NADAL, SEBASTIAN LLABRÉS MESQUIDA, JUAN LLABRÉS ROSSELLÓ, MARTA LLABRÉS ROSSELLÓ, y visto que por el Letrado ANTONI FRAU SITGES, en calidad de Administrador Concursal de la entidad MÁRMOLES Y DECORACIÓN ROSSELLÓ S.L., se ha presentado escrito interesando la suspensión de los actos de juicio señalados para el día 26 de junio de 2014, se acuerda su suspensión, señalándose nuevamente para el próximo día 03 de marzo de 2015 a las 11:40 horas, sirviendo la notificación de la presente de citación en forma.

Hágase entrega a los demandados, contra los que se ha ampliado la demanda, de copia de la demanda presentada y del resto de documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los arts. 82.2 y 83 LJS.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a  MARMOLES Y DECORACION ROSSELLO SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a seis de Junio de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL