Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
DEMARCACIÓN DE COSTAS EN ILLES BALEARS
Núm. 10682
Resolución del recurso de alzada adoptada el 4 de octubre de 2013 por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar y remitida e esta Demarcación de Costas en Illes Balears, para su publicación oficial
Habiéndose intentado, por los medios legalmente establecidos, la notificación personal de la resolución del recurso de alzada, dictada por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, de expediente por infracción a la Ley 22/1988, de Costas, modificada por la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y no existiendo constancia en los expedientes de su recepción por las personas interesadas, de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio, se pone en conocimiento de las personas o entidades que se indican a continuación, que la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar ha dictado resolución del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de esta Demarcación de Costas de expediente sancionador por infracción en materia de costas, que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir de la práctica de la notificación de la misma, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, con sede en Palma de Mallorca, o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con jurisdicción en el lugar donde tenga el domicilio el recurrente, a elección de éste.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 62 de la Ley General Tributaria, el plazo para efectuar el ingreso de la sanción será el siguiente:
-Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
-Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo me posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Una vez transcurrido el plazo anterior sin haber hecho efectivo el importe de la sanción, se procederá a su exacción por el procedimiento administrativo de apremio.
El abono de las sanciones deberá efectuarse a través del impreso normalizado (Modelo 069) que les será facilitado en la Demarcación de Costas en Illes Balears (C/. Ciudad de Querétaro, S/N.,07071 Palma de Mallorca), de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Núm. exp. |
Persona o entidad responsable |
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ref: |
IB-03/01/12 |
Mª DEL MAR TORRES MATEU |
ADM/13/07/SC/0001043 |
EL JEFE DE LA DEMARCACIÓN DE COSTAS EN ILLES BALEARS,
Gabriel J. Pastor Mesana.