Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 10656
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Reforma de la vivienda y dependencias existentes para agroturisme, Campos. (22C/14).
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 08 de abril de 2014,
CONSIDERANDO
1.Que las edificaciones están situadas en la finca Es Revellar, situada en las parcelas 74, 72, 71, 56 y 57 del polígono 4 de Campos. La finca está dedicada a agroturismo y cuenta con la declaración de interés general. El objeto del proyecto es la ampliación de número de alojamientos y realizar una serie de dependencias para la mejora de los servicios.
2.Que según el visor IDEIB, las parcelas del proyecto están situadas en suelo rústico común (Evaluación de Impacto Ambiental intensiva y en suelo rústico general), de acuerdo con el Plan Territorial Insular de Mallorca.
3.Que según el artículo 44.4 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears, para la obtención de la licencia de obras, la licencia de instalación, apertura o funcionamiento de reformas, ampliaciones o nuevos establecimientos de alojamiento de turismo rural, salvo que se trate de hoteles rurales de nueva creación, no es necesaria la declaración de interés general. Igualmente, la licencia de obras, la licencia de apertura y la licencia de funcionamiento de reformas, ampliaciones o nuevos establecimientos de alojamiento de turismo rural, salvo que se trate de hoteles rurales de nueva creación, no están sujetas a la evaluación de impacto ambiental a que se refiere el grupo 7 h) del anexo II de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.
ACUERDA
Informar que el proyecto “de ampliación de número de alojamientos y realización de una serie de dependencias para la mejora de los servicios a la finca Es Revellar”, T.M. de Campos, no se encuentra sujeta al procedimiento de evaluación de impacto ambiental de acuerdo con la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears, por no estar incluido en el anexo I ni II de la Ley, ni en informe ambiental, por cuando no lo exige la legislación sustantiva o sectorial, o el planeamiento territorial, medioambiental o sectorial.
Palma, 2 de junio de 2014
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato