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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 10603
Sanidad - Animales (M) - Notificación resolución M27/13

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Texto

Por no tener conocimiento de la preceptiva notificación de la persona que a continuación se relaciona, por el presente edicto se le notifica que en relación con el expediente que se tramita en el Area Delegada de Sanidad  y  Consumo,  con el nº M27/2013 según infracción  de los  articulos 42 y 47 de las OO.MM. para la inserción de animales de compañia a la Sociedad Urbana de 25-05-2009 (publicada al BOIB nº 93 de 27-06-2009) esta Alcaldia, mediante  Decreto 538 de fecha 15 de enero del 2014, ha acordado:

Ordenar a la Sra. Nuria Aguera Muñoz, con DNI 40309560-J, que en el plazo de DIEZ DIAS, contados  a partir de la recepción de la presente notificación, procediera  a adoptar las medidas  correctoras que se especifican en el mencionado decreto de Alcaldia nº  538  de fecha 15  de Enero  del 2014, así como apercibir a la Sra. Nuria Aguera Muñoz,  y   para el caso del incumplimiento  de lo ordenado en el plazo señalado, se procedera a la adopción de las medidas correctoras previstas en el esmentado decreto,  siendo responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse; todo ello sin perjuicio del traslado de las actuaciones efectuadas al juzgado correspondiente, a los efectos pertinentes.

Contra esta resolución,  que agota la  via administrativa , se puede presentar recurso de reposición delante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artº 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, segun la redacción de la Ley 4/99, de 13 de Enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el dia siguiente de recibir esta notificación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo se tendra que  presentar en el Registro  General de este Ayuntamiento o a las dependéncias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionado, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el dia siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el dia siguiente de recibir esta notificación,  esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere oportuna.

Palma, a 10 de Junio  del 2014

La Jefe del Departamento,

Rosa Llinas Bosch