Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10575
Disciplina. DO-2011/293. Notificación requerimiento de licencia al propietario.
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a José Luís Rodriguez Molina (prop) i a Filip Ciprian tucu (empr) exp.núm. DO-2011/293, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a José Luís Rodriguez Molina (prop), de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Le notifico que, por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 4613, de 18 de marzo de 2014, se ha dispuesto lo siguiente:
Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Información Básica, en los que se denuncian obras efectuadas por los propietarios y / o promotores que se relacionan en la parte dispositiva de este acuerdo y de los cuales se desprende que no se ha obtenido la preceptiva licencia municipal , exigida por los artículos 2 y 65 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre , de disciplina urbanística de la CAIB , y del PGOU vigente, de acuerdo al RD Legislativo 2/2008 de 20 de junio , texto refundido de la Ley del Suelo.
Vistos los artículos 121 y siguientes de la Ley 7 /85 de 2 de abril, modificada por la Ley 57 /03, de 16 de diciembre de medidas para la modernización del gobierno local, así como el arte 4.2.l) ym ) , y art . 18 noveno del vigente Reglamento de la Gerencia de Urbanismo , la jefa del Negociado que suscribe , de acuerdo con los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, y atendidos el Decretos de Alcaldía n . 8435 y 8436, de fecha 13 de mayo de 2013, de Organización de los servicios administrativos y de Nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, respectivamente, y demás normativa aplicable, considera que el presidente del Consejo de Gerencia y Teniente de Alcalde de Urbanismo y Vivienda para dictar lo siguiente:
DECRETO
1. REQUERIR a los propietarios, promotores, técnicos y/o empresa constructora que se relacionan a continuación para que en un plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, solicite oportuna licencia municipal para las obras realizadas sin licencia , en cumplimiento de lo exigido en los artículos 2, 26 y 65 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y 255 de las Normas urbanísticas vigentes, así como lo previsto en el artículo 4.2.l del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo.
A JOSE LUIS RODRIGUEZ MOLINA, como propietario , y a FILIP CIPRIAN TUCU, como empresa constructora, por las obras realizadas en C/ Miquel Ángel Riera 4 BJ , RC 00819016001, consistentes en: " cambio de uso de local a vivienda: construcción baño, levantando tabiques y cambiando la puerta del garaje por una puerta de entrada y una ventana, todo ello con una obra menor simple CSS-2011/295, que no ampara dichas obras", así como cualquier otro tipo de obra que haya hecho el emplazamiento citado sin la preceptiva licencia municipal . (Exp. DO-2011/293).
Si una vez transcurrido el plazo de dos meses, el interesado no ha solicitado la licencia municipal de obras / ha adaptado a las condiciones de la licencia, el Consejo de Gerencia de Urbanismo en la forma señalada, después de la propuesta formulada por el instructor del expediente, acordará la demolición o restitución al estado físico y jurídico anterior de las obras ejecutadas a costa del interesado y procederá a impedir definitivamente los usos a los que diera lugar. Se procederá de la misma manera si la licencia fuera denegada por el otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las Normas urbanísticas.
La solicitud de licencia dará lugar a la suspensión automática del procedimiento de demolición o reconstrucción en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30 /92 del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común por el tiempo que dure la resolución del otorgamiento / denegación de la licencia.
2. DESIGNAR como instructor y como secretario del expediente que se instruye por la infracción urbanística cometida al jefe del Servicio y al jefe del Negociado, respectivamente.
3. ADVERTIR a los promotores, propietarios, constructores y directores técnicos de las obras, que según lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB, "independientemente de la resolución de demolición o de reconstrucción, las infracciones urbanísticas cometidas contra lo dispuesto por esta ley darán lugar a la IMPOSICIÓN DE SANCIONES PECUNIARIAS. Las multas que puedan corresponder se adoptarán a propuesta del instructor por el órgano actuante, previas las formalidades previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo y como continuación al expediente de demolición o reconstrucción instruido "; así como se podrá dar cuenta a los tribunales de justicia , visto el artículo 319 y siguientes del vigente Código Penal.
4. NOTIFICAR la presente resolución a los interesados .
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 2 de junio de 2014
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod