Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 10437
Notificación sancionador Residus exp.5635/2014
Después de haber por dos veces, hecho las notificaciones con aviso de recibo, no se han podido hacer efectivas las comunicaciones certificadas por una infracción del art. 28.b de la Ordenanza Municipal de limpieza de la vía pública y de la recogida de residuos sólidos urbanos, en cumplimiento de lo que dispone el articulo 59.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/119, de 14 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación en el BOIB de la comunicación:
NOTIFICACIÓN
Para su conocimiento y consecuentes efectos le notifico que la Sra. Instructora del expediente núm. 5635, en fecha 17 de febrer de 2014 ha dictado la propuesta de resolución que seguidamente le transcribo:
“PROPUESTA DE RESOLUCIÓN”
ANTECEDENTES
1r. Por Decreto de Alcaldía de día 05 de noviembre de 2013, se acordó el inicio del procedimiento sancionador de referencia por el cual se imputaba a la Sra. Danica Caitlin Wilcox por la comisión de una infracción administrativa tipificada en el art. 28.b de la Ordenanza Municipal de limpieza de la vía pública y de la recogida de residuos sólidos urbanos, conforme con los siguientes hechos:
- Según denuncia de la Policia Local, la Sra. Danica Caitlin Wilcox depositó restos basura fuera del horario establecido.
2n. El mencionado acuerdo se notificó al interesado el día 28 de noviembre de 2013.
3r. El presunto responsable no ha presentado alegaciones contra el inicio del expediente sancionador.
4rt. Por el instructor se han practicado, de acuerdo con el articulo 9 del decreto 14/1994, las diligencias y actuaciones necesarias para la determinación precisa de los hecho y las responsabilidades susceptibles de sanción.
De las actuaciones practicada se consideran como hecho probados los descritos en el apartado 1, de acuerdo con el articulo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1r. En el presente procedimiento es competente para resolver la Junta de Gobierno Local, por delegación acordada por decreto de Alcaldía de 30 de junio de 2011.
2n. Los mencionados hechos probados representan una infracción tipificada en el art. 28.b) que establece que los residuos urbanos se podran depositar en los contenedores entre las 21.00 a las 04:00 horas, en el intervalo de las dos horas inmediatas anteriores a la hora habitual de recogida de cada zona si esta es diurna, o después de las 22 horas si la recogida es nocturna. Del 1 de octubre al 31 de marzo.
3r. El art. 41 de la ordenanza de residuos establece una sanción de 30.05 € a 150 € por vulnerar el articulo 28.b.
Vista la restante normativa legal y pertinente aplicación y atendido que no ocurren circunstancias modificativas, el instructor que subscribe propone a la Junta de Gobierno:
PROPOSTA
1ro.- Imponer a la Sra. Danica Caitlin Wilcox una sanción de 30.05 € como responsable de una infracción tipificada en el artículo 28.b de la ordenanza municipal reguladora de la limpieza viaria y recogida de residuos
2do.- Notificar la presente propuesta al presuntamente responsable, u comunicarle que una vez recibida esta dispone de quince (15) días para formular las alegaciones y presentar los documentos y otros elementos de juicio que estime pertinentes.
Lo que le comunico a los efectos oportunamente aludidos.
No obstante esto, la Junta de Gobierno Local, acordará.
Pollença, 17 de febrero de 2014
Pollença, 22 de marzo de 2014
El Alcalde
Bartomeu Cifre Ochogavia