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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 10367
Notificación de la resolución sancionadora de expedientes sancionadores del Ayuntamiento de Eivissa en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Intentadas, sin efecto, las notificaciones por correo certificado con acuse de recibo, y dado que no han podido practicarse por ignorarse el domicilio o no haber sido localizadas las personas interesadas que se relacionan, se procede, en cumplimiento de lo que establece el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común – BOE de 27 de noviembre -, a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de lo siguiente:

Esta Alcaldía, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 71.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, que aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de data 25 de junio de 2013, RESUELVO:

SUPUESTO A)

“Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador y la propuesta de resolución que me eleva la persona instructora basada en los fundamentos que, de manera específica y sucinta, constan en el expediente, esta Alcaldía, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 71.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, que aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de data 25 de junio de 2013, RESUELVO:

1º.- Imponer a la persona responsable de la infracción que se indica la sanción correspondiente con la cuantía fijada.

2º.- Notificar el presente decreto a las personas interesadas”.

SUPUESTO B)

“Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador iniciado por incumplimiento del deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción, según la forma ordenada en el requerimiento que se le notificó debidamente, además del contenido de la propuesta de resolución que me eleva la persona instructora, después de comprobar la inexistencia de alegaciones, esta Alcaldía, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 71.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de fecha 25 de junio de 2013, RESUELVO:

1º.- Imponer a la persona titular del vehículo la sanción correspondiente con la cuantía fijada.

2º.- Notificar el presente decreto a las personas interesadas”.

SUPUESTO C)

“Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador y la propuesta de resolución que me eleva la persona instructora basada en los fundamentos que, de manera específica y sucinta, constan en el expediente, esta Alcaldía, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 71.4 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, que aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, y en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de data 25 de junio de 2013, RESUELVO:

1º.- El sobreseimiento y archivo del expediente sin imponer sanción alguna.

2º.- Notificar el presente decreto a las personas interesadas”.

RECURSOS (PARA LOS SUPUESTOS A Y B)

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 82.3 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, o bien puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo.

El plazo para interponer el recurso de reposición será de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación del presente decreto y, en este caso, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto el de reposición.

Si decide interponer recurso de reposición lo debe presentar en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo anteriormente indicado.

Le informamos que según el artículo 82.3 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, la interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. En caso que la persona recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto.

El recurso se entenderá desestimado si no se resuelve y notifica en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su interposición, quedando, en este caso, expedita la vía contenciosa-administrativa.

El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación del presente decreto.

Debe hacer efectivo el importe de la sanción dentro del plazo de QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la fecha de la firmeza de esta resolución. Dicha firmeza se producirá cuando no se interponga recurso potestativo de reposición en el plazo antes indicado, o bien por la resolución expresa o presunta del mismo.

Vencido el plazo de ingreso establecido en el apartado anterior sin que se hubiese satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio, según el artículo 90.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, añadido por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre.

FORMAS DE PAGO (PARA LOS SUPUESTOS A Y B)

Puede pagar el importe fijado para la infracción imputada por cualquiera de estos medios:

1.- En el Servicio de Recaudación del Ajuntament d'Eivissa, situado en la c/ de Canarias, nº 35, 1º, en metálico, cheque conformado o tarjeta de crédito, indicando el número de expediente y matrícula del vehículo.

2.- Por medio de giro postal dirigido al Servicio de Recaudación del Ajuntament d'Eivissa, indicando el número de expediente, fecha de la denuncia y matrícula del vehículo.

3.- Por medio de ingreso en cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias: Banco Sabadell c/c núm. ES39 0081-0622-07-0001521062, Banco Mare Nostrum bmn “Sa Nostra” c/c núm. ES50 0487-2028-64-2000013800 i Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona “LA CAIXA” c/c núm. ES58 2100-0056-19-0200930526, indicando el número de expediente y matrícula del vehículo.

NOTA INFORMATIVA

Este Ayuntamiento remitirá a la D.G.T. los datos relativos a las infracciones graves o muy graves que impliquen pérdida de puntos en el permiso o licencia para conducir, según consta en el Anexo II del RDL 339/1990, de 2 de marzo.

  

Eivissa, 27 de mayo de 2014

   

El Regidor  delegat

Constantino Larroda Azcoitia

BOLE./AÑO

INFRACTOR

MATRÍCULA

ARTICULO

CUANTIA

SUP.

338.090 / 13

ALCAIDE GUARINO SONIA

7747-GDL

65-5-J

200,00

A

338.430 / 13

ALEXANDRO DEJEAN MATIAS PEDRO

2524-GMC

65-5-J

200,00

A

830.083 / 14

BAXTER ANDREW DAVID

2457-GWL

9-1-

90,00

A

339.351 / 13

BERMEJO MARTINEZ LAUREANO

0020-DBN

65-5-J

200,00

A

338.047 / 13

CALLE GARCIA SUSANA

9692-BNV

65-5-J

600,00

A

339.097 / 13

CARDENAS CARDENAS MANUEL

C-8012-BRM

65-5-J

600,00

A

337.385 / 13

CHARRIA OCAMPO EDINSON

7150-BJX

65-5-J

600,00

A

335.544 / 13

COELLO MARTINEZ ROBERTO

7565-DYP

65-5-J

200,00

A

405.680 / 14

CORTES MALDONADO RAMON

8643-GVB

117-1-5A

200,00

A

341.861 / 13

CROCIUM DIANA ADINA

5042-HKR

50-1-13

400,00

A

335.917 / 13

DARDER JUAN JORGE

7574-GTT

65-5-J

200,00

A

693.231 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-1-

90,00

A

843.918 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-1-

90,00

A

340.082 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

154--5B

100,00

A

665.004 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-1-

90,00

A

804.906 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-1-

90,00

A

693.223 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-1-

90,00

A

693.236 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-1-

90,00

A

812.001 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-1-

90,00

A

703.541 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-3-

90,00

A

723.307 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-1-

90,00

A

692.976 / 13

DELGADO GARRIDO DIANA

A-9947-DB

9-1-

90,00

A

335.284 / 13

DIAZ GARCIA ANGELA

8423-GWB

65-5-J

160,00

A

341.603 / 13

ESCANDELL GUASCH MARIA JOSEFA

3409-FBR

65-5-J

900,00

A

405.565 / 14

ESPARTERO PEREZ RAQUEL

NA-6720-AJ

154--5B

100,00

A

812.222 / 13

FERNANDEZ DIEZ ANTONIO JAVIER

4911-FVD

9-1-

90,00

A

335.049 / 13

FERNANDEZ ORTIZ ENRIQUE

B-7681-NV

65-5-J

200,00

A

339.589 / 13

FORTUNA ALBANO

IB-4819-BM

65-5-J

200,00

A

334.092 / 13

GENIE IN A BOTTLE SL

5891-FLR

65-5-J

1.500,00

A

341.855 / 13

GIMENO LLADO ELISABET

6611-HMM

65-5-J

1.200,00

A

338.429 / 13

GOLEBIEWSKA ANNA LUIZA

4023-HRT

65-5-J

200,00

A

334.470 / 14

HERGA BOATS SL

6583-BXY

44-1-

90,00

A

338.675 / 13

HERNANDEZ AMADOR SARA

IB-6414-BX

65-5-J

200,00

A

341.602 / 13

HIMAR CONTRUCCIONS I CONTACTES

5377-GDZ

65-5-J

900,00

A

690.673 / 14

HINOJOSA RIBAS ANDRES

2346-GML

9-1-

90,00

A

336.121 / 13

IPA PRESS SL

1431-GVT

65-5-J

600,00

A

336.283 / 13

JEBARI ISIDRO FATIMA

5684-DWP

65-5-J

600,00

A

341.357 / 14

LA VIA FEDERICO LUIS

5273-CKJ

50-1-14

500,00

A

338.659 / 13

LUGO ADAMES ESPERANZA

3891-DFL

65-5-J

200,00

A

338.294 / 13

MARIZZA GOROSITO HECTOR EDUARD

M-0574-ZN

65-5-J

600,00

A

341.604 / 13

MARTINEZ PUJANA ANA

O-6882-BL

65-5-J

900,00

A

341.714 / 13

MARTINEZ ROBLES ROBERTO

2476-DSM

65-5-J

1.200,00

A

339.228 / 13

MARTY JOEL HENRI

IB-6736-DN

65-5-J

200,00

A

338.088 / 13

MARTY JOEL HENRI

IB-6736-DN

65-5-J

200,00

A

650.091 / 14

MBOG SL

B-8791-PD

9-3-

90,00

A

660.316 / 14

MBOG SL

B-8791-PD

9-1-

90,00

A

720.521 / 14

MBOG SL

B-8791-PD

9-1-

90,00

A

760.366 / 14

MBOG SL

B-8791-PD

9-1-

90,00

A

693.353 / 13

NUÑEZ GONZALEZ ANGEL

7936-CJF

9-1-

90,00

A

652.145 / 13

NUÑEZ GONZALEZ ANGEL

7936-CJF

9-1-

90,00

A

335.047 / 13

NUÑEZ LEYVA FELIX

M-8036-YW

65-5-J

200,00

A

340.820 / 14

OLIVERAS ROCABRUNA ANTONIA

5300-BRN

44-1-

90,00

A

336.720 / 13

ORJUELA CARDONA OSCAR AUGUSTO

M-1719-ZH

65-5-J

200,00

A

803.514 / 13

PALAZON BARRAGAN FRANCISCO

1342-FGL

9-3-

90,00

A

710.052 / 14

PEREZ BELLON DAVID

2104-FPV

9-3-

90,00

A

672.630 / 13

PEREZ BELLON DAVID

2104-FPV

9-3-

90,00

A

791.805 / 13

PINEDA MARTINEZ MARCOS

9933-DDG

9-3-

90,00

A

821.097 / 13

PINEDA MARTINEZ MARCOS

9933-DDG

9-3-

90,00

A

340.822 / 14

POLITI VALENTINA

3156-HGF

44-1-

90,00

A

405.886 / 14

QUERRY SOFIA FRANCE

3361-BZN

154--5B

100,00

A

752.843 / 13

REGULEZ LUZARDO SERGIO

1195-GGN

9-1-

90,00

A

405.724 / 14

RIBAS RIBAS MARIA

5391-DHG

154--5B

100,00

A

405.672 / 14

RIERA TORRES ANTONIO

4523-GJK

154--5B

100,00

A

336.131 / 13

RODRIGUEZ FERNANDEZ SHAILA

4394-DGH

65-5-J

200,00

A

336.149 / 13

RODRIGUEZ FERNANDEZ SHAILA

4394-DGH

65-5-J

200,00

A

336.385 / 13

RODRIGUEZ FERNANDEZ SHAILA

4394-DGH

65-5-J

600,00

A

690.558 / 14

RODRIGUEZ GOMEZ ANGEL

6336-CXL

9-1-

90,00

A

405.372 / 14

ROGERS DERMOT HUGH

4913-HNM

94-2D-5V

200,00

A

299.155 / 13

ROS COSTA JOSE ANGEL

3864-DJD

65-5-J

600,00

A

335.543 / 13

RUIZ SANCHEZ NESTOR

7857-DNR

65-5-J

200,00

A

334.373 / 13

SA VINYA DEN PALERM SL

3781-FLR

65-5-J

600,00

A

732.248 / 13

SANCHEZ SALIQUET JOSE LUIS

5122-FJG

9-3-

90,00

A

692.371 / 13

SANCHEZ SALIQUET JOSE LUIS

5122-FJG

9-3-

90,00

A

663.670 / 13

TALIN MARINO FENANDO

7194-HRM

9-1-

90,00

A

340.823 / 14

TALLERES ARANDA SA

1088-DFK

44-1-

90,00

A

338.499 / 13

TECNOCAR IBIZA SL

7863-GCG

65-5-J

200,00

A

341.605 / 13

THOMAS GABBI PETER

5544-HNS

65-5-J

1.200,00

A

801.067 / 14

TOMAS HERNANDEZ FRANCISCO JOSE

8306-DGN

9-1-

90,00

A

340.531 / 14

TORTOSA VENEGAS JENIFER

8279-GHC

94-2C-5U

100,00

A

334.374 / 13

TUR RIBAS MARCOS

0400-FBY

65-5-J

200,00

A

720.793 / 14

TUR ROIG FRANCISCO

3240-GFC

9-1-

90,00

A

750.706 / 14

VAQUER ADSUARA VICENTE

0688-DYG

9-1-

90,00

A

801.036 / 14

VIDAL PONS MARIA DESAMPARADOS

V-4548-EW

9-1-

90,00

A

341.862 / 13

VIEIRA FUENTES ELENA BEATRIZ

7641-CHG

65-5-J

1.200,00

A

405.227 / 14

VISSER JASPER DANIEL

GR-5599-AF

154--5B

100,00

A

810.398 / 14

VIVES QUIÑONES CATALINA

4745-CWD

9-1-

90,00

A

341.300 / 13

ZAPATA LOPEZ MARIA ADELAIDA

6258-DSD

65-5-J

1.200,00

A