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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 10278
Sanidad.- Animales (M).- Notificación resolución expediente M71/13
Al no haber podido ser efectuada la preceptiva notificación a la persona que a continuación se relaciona, por el presente edicto se le notifica que en relación al expediente que se tramita en el Area Delegada de Sanidad y Consumo, con el nº M71/13, esta Alcaldia, mediante Decreto nº 4721 de fecha 20 de marzo del 2014, ha acordado:
Ordenar a la Sra. Francisca Belen Simon Reche, con DNI : 44280226-M, que en el plazo de 48 horas contadas a partir del dia siguiente al de la recepción de la presente notificación, proceda a ejecutar la orden que se especifica en el mencionado decreto, asi como apercibir a la Sra. Francisca Belen Simon Reche, y en el caso que no cumpliere lo que se le ha ordenado, en el plazo señalado, de la ejecución subsidiària por parte de los servicios municipales correspondientes siendo responsable de los daños y perjuicios que pudiesen producirse, esto sin perjuicio del traslado de las actuaciones efectuadas al Juzgado correspondiente, a los efectos pertinentes.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede presentar recurso de reposición delante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el articulo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99, de 13 de Enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el dia siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo, se tendrá que presentar al Registro General de este Ayuntamiento o a las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 39/92, de 26 de noviembree, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el dia siguiente de la interposición, y en este caso quedará expedida la via contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo de acuerdo con el artículo antes mencionado y los 45 siguientes de la Ley 29/98, de 13 de Julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante del Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el dia siguiente de recibir esta notificación, esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Palma, a 4 de junio de 2014
LA JEFA DEL DEPARTAMENTO
Rosa Llinas Bosch