Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 10265
Notificación de la Propuesta de Resolución a la persona interesada en el procedimiento administrativo sancionador núm. 32/2013/TUR, tramitado ante el Departamento de Turismo del Consell Insular d’Eivissa
Visto que no ha sido posible notificar en la persona interesada la propuesta de resolución del expediente sancionador núm. 32/2013/TUR, incoado por el departamento de Turismo del Consell Insular de Eivissa, por presunta infracción en materia de ordenación turística, de acuerdo con lo que determina el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procedemos a notificar, haciendo constar:
La persona interesada dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que realice alegaciones y presente los documentos u otros elementos de juicio que estime pertinente.
Asimismo, se le informa que, en el mismo plazo, se le pondrá de manifiesto el expediente a fin de que pueda consultarlo con la asistencia, si procede, de los asesores que precise y obtener copias de los documentos que contenga el expediente en los términos legal o reglamentariamente establecidos. Con este fin el expediente está a su disposición en el Departamento de Turismo del Consell Insular (Avda. de España, 49, segunda planta, de la ciudad de Eivissa).
Identificación del expediente:
Núm. de expediente: 32/2013/TUR
Nombre del establecimiento: EL PASAJE
Dirección del establecimiento: avda. Isidoro Macabich, núm. 22, bajos, local 19
Grupo: BAR
Explotador del establecimiento: MAIALEN GUTIERREZ AZCONA
Municipio: Eivissa
Infracciones:
1.- Preceptos infringidos: Articulo 19, 21, 23.2 y 26 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares (BOIB núm. 106, de 21/07/2012), y el artículo 18 y 19 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero, por el que se establecen las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y de prestación de servicios turísticos, la regulación de la declaración responsable y la simplificación de los procedimientos administrativos en materia de turística (BOIB núm. 32, de 03/03/2011).
Tipificación: Falta grave de la normativa turística, consistente en la realización o la prestación de servicios de actividades turísticas por quien no tenga la preceptiva habilitación exigida por las normas en vigor, o que no haya presentado la declaración responsable de inicio de actividad turística o la comunicación previa, siempre que cumpla todos los requisitos necesarios para poder obtenerla.
Sanción propuesta: 4.001 Euros.
Eivissa, 5 de junio de 2014.
El secretario técnico del Área de Interior, Turismo y Deportes
Agustín Goerlich López