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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 10214
Anuncio del acuerdo del Pleno del Consell Insular d’Eivissa de fecha 2 de junio de 2014

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Texto

Se hace público que el Pleno del Consell Insular d’Eivissa, en sesión ordinaria de 2 de junio de 2014, ha aprobado por unanimidad (13), una propuesta del siguiente tenor literal:

“En fecha 30 de septiembre de 2002, el Pleno del entonces Consell Insular d’Eivissa i Formentera adoptó acuerdo de adhesión al Consorcio Público para la gestión de Servicios Locales en la isla de Eivissa y aprobación de sus estatutos, en los términos siguientes:

PROPUESTA DE ACUERDO DEL CONSEJERO DE RÉGIMEN INTERIOR Y COOPERACIÓN MUNICIPAL
DEL CONSELL INSULAR D’EIVISSA I FORMENTERA

Tradicionalmente en las Islas Pitiusas, la gestión de las competencias municipales, traducidas en prestación de diversos servicios públicos, se ha caracterizado por la gestión independiente e individual de aquellos servicios obligatorios que los ayuntamientos han de prestar a sus ciudadanos y ciudadanas.

Estos servicios son fundamentalmente los mismos para cada uno de los municipios, exceptuando determinados ayuntamientos que por su número de habitantes han de prestar un número inferior, y por tanto su prestación invita, en un territorio tan limitado y con problemáticas compartidas, a la búsqueda de fórmulas de gestión conjunta de aquellos servicios públicos.

La experiencia en la gestión mancomunada del servicio de matadero ha sido hasta ahora pionera y símbolo de la posibilidad de gestionar de una manera solidaria un servicio que en principio y por ley a todos los ayuntamientos les tocaba prestar.

El Consell Insular, además de ser una institución de la Comunidad Autónoma, es al mismo tiempo administración de caràcter local. Esta naturaleza se la reconoce la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, de 2 de abril así como el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears y la Ley 2/2000 de Consejos Insulares. Así, es competencia propia del Consell Insular, entre otras, la cooperación en la prestación de los servicios municipales.

Una de las fórmulas de cooperación de la que disponen las entidades locales es la creación, entre otras fórmulas asociativas, de consorcios. Institución con la cual toma cuerpo el interés que tienen diversos sujetos en gestionar asuntos de interés común. Asímismo, es voluntad del Consell Insular y de los ayuntamientos, mediante la articulación del consorcio, coordinar la prestación, además del matadero, de nuevos servicios, como la gestión insular del servicio de protección y rehabilitación de animales domesticos.

Visto que el Consell tiene a su cargo la asistencia a los servicios municipales y la función de cooperación, ya mencionada, se impone, pues, la creación de una figura jurídica con el propósito de permitir la efectiva participación de la administración insular para cooperar en la prestación de los servicios públicos mencionados.

Por eso, para conseguir este objetivo, el consorcio se manifiesta como la solución más idónea para la satisfacción del interés público, dado que el Consell Insular d’Eivissa i Formentera, como ente supramunicipal tiene como competencia clave la de cooperar con los municipios.

Dentro de este espíritu de coordinación y cooperación, el Consell Insular y los ayuntamientos implicados han consensuado los Estatutos que hoy se aprueban, en un ejercicio de colaboración mútua. Después de este proceso de discusión, los representantes de todas las entidades locles han convergido en el articulado que se acompaña.

En definitiva, es preciso que la Institución se implique formalmente en la acción de coadyuvar en la consecución de este fin natural mediante fórmulas de cooperación como es la del Consorcio Local.

Por todo lo anterior, propongo la adopción de los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Aprobar la adhesión del Consell Insular d’Eivissa i Formentera al Consorcio y aprobar los Estatutos del Consorcio Público para la Gestión de Servicios Locales en la isla de Eivissa.

SEGUNDO.- Nombrar a la Sra. Presidenta de la Corporación, de acuerdo con los Estatutos, como representante legal del Consell Insular en el Consorcio, así como al Sr. Vicente Tur y Torres, Vicepresidente Primero del Consell Insualr, como suplente en la mencionada representación.

TERCERO.- Notificar el mencionado acuerdo a todos los miembros integrantes del Consorcio así como a la Junta de Gobierno de la Mancomunidad Interinsular para la gestión del matadero.”

El acuerdo referido, junto con los estatutos del Consorcio, fue publicado en el BOIB núm. 143 de 28 de noviembre de 2002. Posteriormente también se adhirió el Ayuntamiento de la Ciudad de Eivissa (acuerdo de pleno de 25 de septiembre de 2002, BOIB núm. 123, de 11 de noviembre) pero no el resto de municipios de la isla. Por esta razón, el referido consorcio no llegó a constituirse y continuó funcionando la Mancomunidad Intermunicipal del Matadero, la cual ha modificado sus estatutos, publicados en el BOIB.

Visto que a pesar del tiempo transcurrido el referido Consorcio no ha llegado a constituirse y ha continuado actuando la Mancomunidad del Matadero, creada el 30 de abril de 1991, y cuyos estatutos han sido modificados y publicados en el BOIB de 22 de julio de 2010, ampliando su objeto y transformando su denominación en Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Públicos Insulares, para poder expandir su ámbito de actuación poniendo en común diferentes servcios supramunicipales.

Visto el informe de Secretaría General, visto el artículo 72.d) del Reglamento Orgánico del Consell Insular, así como los Decretos de Presidencia nums. 600, 601 y 605, de 1 y 4 de julio de 2011, el Vicepresidente Segundo y Consejero Ejecutivo del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Caza y Cooperación Municipal que subscribe eleva al Pleno la siguiente

PROPUESTA

PRIMERO.- Dejar sin efecto el acuerdo del Pleno del Consell Insular d’Eivissa y Formentera de 30 de septiembre de 2002 por el cual se acordó la adhesión del entonces Consell Insular d’Eivissa i Formentera al Consorcio Público para la Gestión de Servicios Locales en la Isla de Eivissa y se aprobaron sus estatutos.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”

Eivissa, 5 de junio de 2014

La Secretaria Técnica del Área de Presidencia

Rebeca Miguel Climent