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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 10021
Repercutir a contratista liquidación deuda pendiente con la SGAE

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se ha intentado notificar a la empres So i efectes, SL con CIF B07304678 y la notificación no se ha podido llevar a efecto. De acuerdo con el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, se procede a publicar la resolución siguiente:

Visto el Convenio firmado por el Ayuntamiento de Llucmajor para la liquidación de la deuda pendiente con la SGAE, por el uso del repertorio de la SGAE en las fiestas patronales y otros eventos organizados por el mismo durante los años 2006  a 2011.

Visto que el Ayuntamiento de Llucmajor considera responsable de la deuda los contratistas,  que contrataron la realización de las actividades que han devengado dicha deuda y en consecuencia les corresponde asumir la liquidación de los derechos que se derivan de este repertorio.

Por todo ello, se resuelve

1.- Repercutir a la empresa So i Efectes  (CIF B07304678) el importe de 8.002,57’€ que se corresponde con las siguientes actuaciones:

 

VARIETATS CARLOS BAUTE

05/08/2006

4.425,00

SO I EFECTES

VARIETATS AREVALO

11/08/2006

265,50

SO I EFECTES

VARIETATS BERTIN OSBORNE

12/08/2006

1.062,00

SO I EFECTES

VARIETATS ORQUESTRA TRAMUNTANA

12/08/2006

318,60

SO I EFECTES

VARIETATS LOS SECRETOS

10/08/2006

619,50

SO I EFECTES

FESTA DE L'ESCUMA I DJ

07/07/2009

85,49

SO I EFECTES

DJ MARCUS I J. CAMPOS

10/07/2009

106,86

SO I EFECTES

AXALIS I GEMINIS

11/07/2009

258,96

SO I EFECTES

FENOMENOS BAND I DJ MANU BL

06/08/2009

185,85

SO I EFECTES

TOMEU PENYA

08/08/2009

674,81

SO I EFECTES

TOTAL

8.002,57

2.- Dar cuenta de la presente resolución a la Intervención y a la Tesorería municipal.

Lo que le comunico, para el conocimiento y efectos, significándole que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/98 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede optar entre la interposición del recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Si optara por interponer recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente

El pago debe efectuarse en los plazos siguientes:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días  16 y último de cada me, desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Para efectuar el pago se debe realizar mediante liquidación emitida  por la Tesorería del Ayuntamiento de Llucmajor, en C/ Constitución nº 6 del núcleo urbano de Llucmajor.

Llucmajor, 4 de abril de 2014.

El Alcalde
Joan Cristofol Jaume Mulet