Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4859
Procedimiento ordinario 670/2008 Sobre procedimiento ordinario
En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA
En Palma de Mallorca a 15 de Mayo de 2009.
Vistos por mí, Dª JUANA A. ARBONA GINARD, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº5 de Palma de Mallorca, los autos del juicio ordinario nº 670/2008, promovidos por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL INMUEBLE DE LA CALLE BENITO FEIJOO NÚM. 1 APARTAMENTOS DEL MAR, representada por la Procuradora Dª. MARIA JOSÉ RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, y asistida del Letrado D. JOSE MARÍA PÉREZ GUTIÉRREZ, contra TED MAXWELL EUGENE, declarado en rebeldía; versando en autos sobre reclamación de cantidad, y atendiendo a los siguientes,
FALLO
QUE ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Hernández, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL INMUEBLE DE LA CALLE BENITO FEIJOO NÚM. 1 APARTAMENTOS DEL MAR, contra TED MAXWELL EUGENE, declarado en rebeldía; DECLARO que el demandado adeuda a la actora la cantidad de 3.184,74 Euros, en concepto de cuotas impagadas de gastos comunes correspondientes al inmueble de su propiedad; CONDENO al demandado a abonar dicha cantidad, más los intereses legales desde la interposición de la demanda y hasta la presente resolución. Por otra parte se establece la obligación de la parte demandada de abonar el interés previsto en el art. 576 de la LEC, desde la fecha de la sentencia hasta el completo pago de la deuda.
Se condena expresamente en costas a la parte demandada.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Baleares (art. 455 LEC).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art. 457.2 LEC).
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y, para que sirva de notificación a TED MAXWELL EUGENE, se expide la presente en PALMA DE MALLORCA a siete de Marzo de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO