Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9764
Nº Autos 102/13
Dª. PAULA MATEO ERROZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DEMANDA 102/13 se ha dictado sentencia cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:Que ESTIMANDO la demanda formulada por D. Juan Acevedo Ortiz contra la empresa Revestimientos Aislatec, S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad de 4.635,90 euros, con aplicación del recargo por mora del diez por ciento en cuanto al pago de salarios. Todo ello con absolución del Fondo de Garantía Salarial de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades legales que correspondan a dicha entidad.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a REVESTIMIENTOS AISLATEC S.L. expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. En Palma a veintitrés de mayo de dos mil catorce. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO