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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 9986
Anuncio de la modificación de delegación de competencias de dos Concejales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Esta Alcaldía emitió en fecha 12 de abril de 2014, el Decreto núm. 745/14, que a continuación se transcribe:

“ASUNTO: MODIFICACIÓN DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE DOS CONCEJALES.

Mediante Decreto de Alcaldía núm. 1606/2011, de 19 de diciembre, se delegaron competencias propias de los concejales, entre otras las que a continuación se detallan:

“…………..

2.2.- Delegar en el segundo teniente de alcalde, Sr. José Serafín Grivé Guasch, las competencias relativas a régimen interior de gobierno, personal funcionario y laboral, comunicación de trámites entre administraciones, certificaciones de padrón, taxis, tramitación de expedientes sancionadores en materia de tráfico y responsabilidad patrimonial.

………………

2.5.- Delegar en el concejal, Francisco Javier Marí Álvarez, quien será el encargado de los asuntos generales de la parroquia de Sant Josep, las competencias relativas a urbanismo, actividades, vivienda, vados y licencias de obra menor.

……………..”

Por motivos de organización esta Alcaldía ha RESUELTO:

Modificar la delegación de competencias efectuada a los Srs. José Serafín Grivé Guasch y Francisco Javier Marí Álvarez, en el sentido siguiente:

1r.- Delegar en el segundo teniente de alcalde, Sr. José Serafín Grivé Guasch, las competencias relativas a régimen interior de gobierno, policía local, comunicación de trámites entre administraciones, certificaciones de padrón, taxis, tramitación de expedientes sancionadores en materia de tráfico y responsabilidad patrimonial.

La delegación efectuada, respecto a competencias que tiene atribuidas, comprende las facultades de dirección, actos de trámite, para presentar ante otras administraciones o particulares y organización interna  y gestión del correspondiente servicio, con exclusión de la facultad de resolver, mediante actos administrativos que afecten a terceras personas.

La delegación conferida tendrá efectos desde la fecha de notificación de este Decreto y se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre y en la legislación de régimen local aplicable.

2n.- Delegar en el concejal, Francisco Javier Marí Álvarez, quien será el encargado de los asuntos generales de la parroquia de Sant Josep, las competencias relativas a personal funcionario y laboral (excepto las relativas a Policía Local), urbanismo, actividades, vivienda, vados y licencias de obra menor.

La delegación comprende la facultad de dirección, organización interna y gestión del correspondiente servicio, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceras personas, en concreto, los siguientes:

1) En materia de disciplina urbanística:

- La facultad de dictar órdenes de paralización de obras, tramitación de expedientes de disciplina urbanística, caducidad de licencias de obras.

  

2)  En materia de licencias urbanísticas:

-  La concesión de las licencias de obra menor, prórroga de licencias de obra mayor, licencias de segregación y autorización de vados de inmuebles.

  

3) Emisión de certificaciones de calificación urbanística y de usos urbanísticos, transmisiones de licencias de obras y expedición de certificados finales de obra y de antigüedad de viviendas y resto de competencias relacionadas con la dirección interna en la tramitación de expedientes del Departamento.

       

4) En materia de actividades:

- La tramitación de expedientes sancionadores en materia de actividades clasificadas y la resolución de los mismos que no excedan del importe de 6.000€.

   

5)  En materia de personal funcionario y laboral

- Las facultades de dirección, actos de trámites, para presentar ante otras administraciones o particulares y organización interna y gestión de los correspondientes servicios, con exclusión de la facultad de resolver, mediante actos administrativos que afecten a terceras personas.

La delegación conferida tendrá efectos desde la fecha de notificación de este Decreto y se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre y en la legislación de Régimen Local aplicable.

3º.- Que se publique en el BOIB,  se notifique a las personas interesadas y se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa, M. Nieves Marí Marí. 

Sant Josep de sa Talaia, 12 de mayo de 2014.= Firmado: La Alcaldesa, María Nieves Marí Marí.= ante mí, La Secretaria, María Domingo García”

Lo que se publica para general conocimiento.

     

Sant Josep de sa Talaia, 26 de mayo de 2014.

         

LA ALCALDESA,

M. Nieves Marí Marí.