Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 9986
Anuncio de la modificación de delegación de competencias de dos Concejales
Esta Alcaldía emitió en fecha 12 de abril de 2014, el Decreto núm. 745/14, que a continuación se transcribe:
“ASUNTO: MODIFICACIÓN DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE DOS CONCEJALES.
Mediante Decreto de Alcaldía núm. 1606/2011, de 19 de diciembre, se delegaron competencias propias de los concejales, entre otras las que a continuación se detallan:
“…………..
2.2.- Delegar en el segundo teniente de alcalde, Sr. José Serafín Grivé Guasch, las competencias relativas a régimen interior de gobierno, personal funcionario y laboral, comunicación de trámites entre administraciones, certificaciones de padrón, taxis, tramitación de expedientes sancionadores en materia de tráfico y responsabilidad patrimonial.
………………
2.5.- Delegar en el concejal, Francisco Javier Marí Álvarez, quien será el encargado de los asuntos generales de la parroquia de Sant Josep, las competencias relativas a urbanismo, actividades, vivienda, vados y licencias de obra menor.
……………..”
Por motivos de organización esta Alcaldía ha RESUELTO:
Modificar la delegación de competencias efectuada a los Srs. José Serafín Grivé Guasch y Francisco Javier Marí Álvarez, en el sentido siguiente:
1r.- Delegar en el segundo teniente de alcalde, Sr. José Serafín Grivé Guasch, las competencias relativas a régimen interior de gobierno, policía local, comunicación de trámites entre administraciones, certificaciones de padrón, taxis, tramitación de expedientes sancionadores en materia de tráfico y responsabilidad patrimonial.
La delegación efectuada, respecto a competencias que tiene atribuidas, comprende las facultades de dirección, actos de trámite, para presentar ante otras administraciones o particulares y organización interna y gestión del correspondiente servicio, con exclusión de la facultad de resolver, mediante actos administrativos que afecten a terceras personas.
La delegación conferida tendrá efectos desde la fecha de notificación de este Decreto y se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre y en la legislación de régimen local aplicable.
2n.- Delegar en el concejal, Francisco Javier Marí Álvarez, quien será el encargado de los asuntos generales de la parroquia de Sant Josep, las competencias relativas a personal funcionario y laboral (excepto las relativas a Policía Local), urbanismo, actividades, vivienda, vados y licencias de obra menor.
La delegación comprende la facultad de dirección, organización interna y gestión del correspondiente servicio, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceras personas, en concreto, los siguientes:
1) En materia de disciplina urbanística:
- La facultad de dictar órdenes de paralización de obras, tramitación de expedientes de disciplina urbanística, caducidad de licencias de obras.
2) En materia de licencias urbanísticas:
- La concesión de las licencias de obra menor, prórroga de licencias de obra mayor, licencias de segregación y autorización de vados de inmuebles.
3) Emisión de certificaciones de calificación urbanística y de usos urbanísticos, transmisiones de licencias de obras y expedición de certificados finales de obra y de antigüedad de viviendas y resto de competencias relacionadas con la dirección interna en la tramitación de expedientes del Departamento.
4) En materia de actividades:
- La tramitación de expedientes sancionadores en materia de actividades clasificadas y la resolución de los mismos que no excedan del importe de 6.000€.
5) En materia de personal funcionario y laboral
- Las facultades de dirección, actos de trámites, para presentar ante otras administraciones o particulares y organización interna y gestión de los correspondientes servicios, con exclusión de la facultad de resolver, mediante actos administrativos que afecten a terceras personas.
La delegación conferida tendrá efectos desde la fecha de notificación de este Decreto y se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre y en la legislación de Régimen Local aplicable.
3º.- Que se publique en el BOIB, se notifique a las personas interesadas y se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa, M. Nieves Marí Marí.
Sant Josep de sa Talaia, 12 de mayo de 2014.= Firmado: La Alcaldesa, María Nieves Marí Marí.= ante mí, La Secretaria, María Domingo García”
Lo que se publica para general conocimiento.
Sant Josep de sa Talaia, 26 de mayo de 2014.
LA ALCALDESA,
M. Nieves Marí Marí.