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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 9940
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de suministro de agua a través de red domiciliaria

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Texto

Al no haberse presentado reclamación alguna durante el plazo de exposición pública contra el acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa que posteriormente se relacionará, adoptado por la Corporación Plenaria en sesión ordinaria de fecha 27 de febrero de 2014, quedó elevado a definitivo dicho acuerdo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 17.3 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

El citado acuerdo y el texto íntegro de la Ordenanza Fiscal o de sus modificaciones, que se publican a los efectos previstos en el Artº 17.4 del antes citado R.D.L., son los siguientes:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA A TRAVÉS DE RED DOMICILIARIA MODIFICACIÓN ORDENANZA

ZONAS DE SUMINISTRO DE ATERCA S.A.

Cuota de Servicio

Euros (€)/u.e/mes

Apartamentos, viviendas y chalets

4,58

Comercios y locales de negocio

14,68

Bares y restaurantes

27,54

Alojamientos turísticos, por plaza

1,13

Unidades de Equivalencia (u.e)

u.e.

Apartamentos, viviendas y chalets

1,00

Comercios y locales de negocio

3,20

Bares y restaurantes

6,00

Alojamientos turísticos, por plaza

0,25

Cuota de Consumo

€/m3

Tarifa Bloque general

1,324

Bloque 1: de 0 a 7,5 m3 por unidad equivalente al mes

0,8087

Bloque 2: exceso de 7,5 a 22,5 m3 por unidad equivalente al mes

1,1171

Bloque 3: exceso de 22,5 a 37,5 m3 por unidad equivalente al mes

2,0255

Bloque 4: exceso de 37,5 m3 por unidad equivalente al mes

3,0663

Derechos de conexión

Viviendas unifamiliares

27,26

Apartamentos

13,63

Locales comerciales

40,89

Plazas hoteleras (*)

4,67

(*) Valor mínimo

377,65

ZONAS DE SUMINISTRO DE COMPAÑIA AGUAS DE PAGUERA S.L.

Cuota de Servicio

Euros (€)/u.e/mes

Apartamentos, viviendas y chalets

5,20

Comercios y locales de negocio

13,00

Bares y restaurantes

16,60

Alojamientos turísticos, por plaza

1,51

Unidades de Equivalencia (u.e)

u.e.

Apartamentos, viviendas y chalets

1,00

Comercios y locales de negocio

3,20

Bares y restaurantes

6,00

Alojamientos turísticos, por plaza

0,25

Cuota de Consumo

€/m3

Tarifa Bloque general

0,64

Bloque 1: de 0 a 7,5 m3 por unidad equivalente al mes

0,25

Bloque 2: exceso de 7,5 a 22,5 m3 por unidad equivalente al mes

1,26

Bloque 3: exceso de 22,5 a 37,5 m3 por unidad equivalente al mes

2,25

Bloque 4: exceso de 37,5 m3 por unidad equivalente al mes

3,22

Derechos de conexión

Viviendas unifamiliares Industrial

Reconexión

23,19

34,78

Viviendas unifamiliares Industrial

Bajas

46,38

69,57

Viviendas unifamiliares Industrial

30,51

30,51

Calvià, a 30 de mayo de 2014

 

LA TENIENTE DE ALCALDE DE ECONOMIA,

Mª Cristina Tugores Carbonell