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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 9917
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a rehabilitación de fachadas - Campaña Mô + Guapa (Pintura)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión realizada el día 28 de mayo de 2014, adoptó los siguientes acuerdos :

"1.- Aprobar las Bases redactadas en fecha 23 de mayo de 2014, con los tres anexos correspondientes, que regirán la concesión de subvenciones destinadas a rehabilitación de fachadas durante el año 2014 en régimen de concurrencia competitiva dentro de la campaña MÔ + GUAPA ( PINTURA ), destinada a la mejora de las condiciones de estética de las fachadas visibles desde la vía pública en el casco urbano de Maó.

2. - Aprobar simultáneamente la convocatoria que se regirá por las Bases a que se ha hecho referencia en el punto anterior.

3. - Las subvenciones concedidas serán con cargo a la partida presupuestaria y con el importe máximo que se indica a continuación:

Partida: CM2-1511-1-7800311-7

Cuantía máxima:   20.000,00 €"       

Lo cual, de conformidad con el artículo 5 de las bases ( plazo de presentación de solicitudes ) , se publica para que a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares se puedan presentar solicitudes.

La convocatoria aprobada se transcribe a continuación para público conocimiento ."

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, DESTINADAS A REHABILITACIÓN DE FACHADAS – CAMPAÑA MÔ+GUAPA (PINTURA)

La presente convocatoria, basada en los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, transparencia, eficacia y eficiencia, tiene por objeto la concesión de las ayudas para la rehabilitación de fachadas durante el año 2014, en el marco de la campaña MÔ+GUAPA (PINTURA), destinada a la mejora de las condiciones de estética de las fachadas visibles desde la vía pública, en el núcleo urbano de Mahón. La convocatoria se realiza en un régimen de concurrencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, publicada en el BOIB núm. 101, de 20 de julio del 2013.

En lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el reglamento que la desarrolla.

1. PRESUPUESTO

La presente convocatoria tendrá una consignación presupuestaria máxima de 20.000,00 €, que podrá ser atendida con aplicación de la partida presupuestaria CM2-1511-1-7800311-7 del presupuesto municipal del año 2014.

2. OBJETO, CONDICIONES, FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

1. El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar a propietarios de Mahón para que, mediante la rehabilitación de sus fachadas a lo largo del año 2.014, garanticen las condiciones de ornato en las partes de sus edificios que afectan a la vía pública.

2. Las fachadas a subvencionar deberán cumplir los siguientes requisitos:

Que estén situadas en las calles detalladas en el anexo I de la presente convocatoria.

Que se trate de edificios con una antigüedad igual o superior a 25 años.

Que se trate de obras destinadas a pintar las fachadas.

Que las obras objeto de la subvención afecten a todas las fachadas del inmueble que dan a la vía pública.

3. Serán obligaciones de los beneficiarios:

a) Ejecutar las obras objeto de la subvención.

b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Ayuntamiento, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores que no obre en los archivos municipales.

d) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. La comprobación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Mahón se efectuará de oficio.

f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en esta convocatoria, así como en los demás contemplados en la Ordenanza General de Subvenciones.

4. La cuantía de las subvenciones será de un importe fijo de 1,000 € por inmueble a rehabilitar.

3. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN

Podrán solicitar la subvención las personas físicas y jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:

Ser propietaria de algún inmueble que cumpla con las condiciones del punto 2.2 de la presente convocatoria.

Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

No hallarse incursas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón.

No haber solicitado otras subvenciones para el mismo concepto a otras administraciones públicas ni entidades públicas o privadas.

Los edificios que obtengan una subvención mediante la presente convocatoria no podrán presentarse a una nueva convocatoria de subvenciones de fachadas del Ayuntamiento de Mahón durante los siguientes 5 años.

4. RESOLUCIÓN DE LAS SUBVENCIONES.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento de subvenciones será la Concejalía de Urbanismo, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se formule la propuesta de resolución.

La propuesta de resolución será formulada por la Comisión de Valoración a la vista del expediente y trasladada al órgano competente para resolver.

La resolución del procedimiento para la concesión de subvenciones corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros:

Presidenta: tenienta de Alcaldía de Urbanismo o persona en quien delegue.

1er vocal: Xavier Tolós Petrus, arquitecto municipal, o persona en quien delegue.

2º vocal: Alberto Martínez Esteban, inspector municipal de obras o persona en quien delegue.

3er vocal: Francisco Olives Manent, técnico municipal de gestión o persona en quien delegue.

Hará las funciones de secretario el primer vocal o persona en quien delegue.

La presidenta de la Comisión de Valoración podrá invitar a cualquier otro miembro de la corporación a asistir a las sesiones de la misma, con voz y sin voto.

5. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

1. La solicitud deberá ajustarse al modelo normalizado que figura en el anexo II y deberá estar acompañada de la documentación que figura en el punto 7 de esta convocatoria.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

3. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que, si no lo hiciese así, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de los siguientes registros:

a) Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Mahón.

b) Por cualquiera de los medios regulados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y DE NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.

Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, la persona interesada podrá entender desestimada su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones.

7. DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE HAN DE ACOMPAÑAR LA SOLICITUD

La petición se realizará cumplimentando y presentando la documentación requerida según el modelo que figura en el anexo II de estas bases:

a) Descripción y datos de las obras a realizar:

Descripción de la intervención

Color de la fachada

b) Documentación:

Fotocopia del  NIF o CIF del solicitante y su representante

Fotografía de la fachada

Presupuesto de las obras a realizar, redactado por el constructor

Modelo de alta de acreedor, procedimiento de pago y modificación de datos bancarios

c) Declaración responsable del solicitante sobre:

Reunir los requisitos exigidos en la presente convocatoria

Estar al corriente de las obligaciones con la Administración tributaria y de no tener deudas con el Ayuntamiento de Mahón

No incurrir en alguna de las causas de prohibición enumeradas en la Ley General de Subvenciones o en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón

No haber solicitado otras subvenciones para el mismo fin

2. La persona solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo F) del artículo 35 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación a no presentar documentos que ya obren en poder del Ayuntamiento, siempre que se haga constar la fecha, el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos, sin que, en ningún caso, hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento.

3. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento por parte de este Ayuntamiento, y con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución, podrá requerirse a la entidad para que lo presente o, en su defecto, acredite por otros medios los requisitos a que se refiere el documento.

8. REPARTO DE LAS SOLICITUDES

El reparto de la cantidad prevista para las subvenciones entre las solicitudes presentadas se hará empezando por la primera petición registrada una vez abierto el período de presentación de solicitudes, y continuando según su orden de entrada con las solicitudes registradas posteriormente, hasta agotar el presupuesto previsto.

9. NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN

La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a las personas solicitantes de conformidad con lo prescrito en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Al ser la cuantía de las subvenciones inferior a 3.000 €, no es necesaria la publicación de la resolución de su concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. La publicación se hará a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento y de la página web municipal.

10. PAGO DE LAS SUBVENCIONES

1. Con el fin de facilitar a las personas adjudicatarias la realización de las obras subvencionadas, se realizará un pago anticipado de la subvención otorgada, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.

2. Los pagos se harán de acuerdo con los siguientes términos y cuantías:

Primer pago del 60% del importe: tras el acuerdo de concesión de la subvención.

Segundo pago del 40% restante: una vez presentada la justificación de las obras realizadas, según lo establecido en la base 11 de esta convocatoria.

No podrá hacerse el pago de la subvención hasta que la persona beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o mientras sea deudora por resolución de procedencia de reintegro. En este caso, el Ayuntamiento podrá proceder de oficio a saldar previamente las deudas pendientes de cobro de las personas beneficiarias de las subvenciones, mediante compensación de dichas subvenciones, o de parte de éstas, con las cantidades adeudadas.

11. PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

Las obras objeto de la subvención deberán ejecutarse en un plazo de 3 meses a contar a partir del cobro del primer pago de la subvención. La ampliación del plazo de obras solo será posible en el caso de que, por circunstancias de interés público debidamente justificadas, no se hubiesen podido ejecutar en el plazo inicial previsto.

La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de la concesión de la subvención revestirá la forma de rendición de cuenta justificativa del gasto realizado.

Las personas beneficiarias vendrán obligadas a justificar los gastos producidos por la totalidad de las obras objeto de la subvención. La justificación de la ejecución de las obras se presentará según el modelo que figura en el anexo III de esta convocatoria, acompañada por las facturas y restantes documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa, que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención.

El Ayuntamiento de Mahón podrá solicitar los justificantes de los gastos que se estimen oportunos y que permitan la comprobación de la adecuada aplicación de la subvención.

El plazo de justificación de la subvención concedida y, por tanto, de la presentación de la documentación justificativa será de 1 mes, contado a partir de la finalización de las obras subvencionadas.

12. REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES

Las subvenciones de carácter público no pueden suponer, en ningún caso, lucro; por ello, la obtención concurrente de otras subvenciones para realizar las mismas obras de rehabilitación de fachada podrá determinar el reintegro de su importe.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones, personas o entes públicos o privados, no notificadas con anterioridad, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Si en el plazo de tres meses, a contar desde el cobro de la primera parte de la subvención, no se hubieran iniciado las obras de rehabilitación de la fachada, sin justificación adecuada, según lo dispuesto en el apartado 11, podrá requerirse el reintegro de la parte cobrada de la subvención.

La resolución del reintegro de la subvención será adoptada por el Ayuntamiento, previa instrucción de expediente conforme a la legislación general aplicable.

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público; será de aplicación para su cobranza lo dispuesto en la normativa vigente de recaudación.

13. LICENCIA DE OBRAS

Para la ejecución de las obras de rehabilitación objeto de la subvención (siempre que se realicen de acuerdo a los plazos previstos en la presente convocatoria y cumplan con sus condiciones de concesión) no será necesaria la solicitud de licencia de obras, ya que se trata de trabajos de mantenimiento y conservación de fachadas, amparados por el Bando de Alcaldía de 19 de junio de 1996. Igualmente, la subvención incluye el importe de la tasa de ocupación de vía pública correspondiente, aunque sí se deberá realizar la oportuna notificación al Departamento de Movilidad antes de iniciar las obras.

14. RÉGIMEN DE RECURSOS

Contra la presente convocatoria, las bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas, podrán interponerse los siguientes recursos:

Recurso de reposición, ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, al de la publicación del acto que se recurra.

Recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, al de la publicación del acto que se recurra.

Mahón,  a 30 de mayo de 2014

  

LA TINENTA DE ALCALDIA DE URBANISMO,

ANA LÍA NOVAL GARCÍA

 

ANNEX I - LLISTAT DE CARRERS CAMPANYA MÔ+GUAPA (SEGURA) 2014

Alaior

Pau, passatge

Alba

Pla des Monestir

Alfons III

Plana

Àngel

Pi

Anuncivay

Pont des Castell

Arraval

Pont de l’Àngel

Arravaleta

Portal de Mar

Bastió

Príncep, pl.

Bastió, pl.

Rector Mort

Bonaire

Reial, pl.

Bruixes

Reina

Camí de ses Vinyes, fins a 43 i 44

Roig

Camí des Castell, fins a 201 i 216

Rosari

Campament, fins a 29 i 6

Rovellada de Baix

Carme, fins a 99 i 120

Rovellada de Dalt

Carme, pl.

San Fernando, fins 61 i 78

Ciutadella, fins 45 i 70

Sant Albert

Claustre del Carme

Sant Antoni

Colon, pl.

Sant Bartomeu

Comerç

Sant Carles

Concepció

Sant Ciril, fins 29 i 16

Conquesta, pl.

Sant Crist

Constitució, pl.

Sant Elies

Cós de Gràcia

Sant Guillem

Dalt Vilanova, a partir del 21 i 6

Sant Jaume

Deià

Sant Jeroni

Església

Sant Joan

Espanya, pl.

Sant Jordi

Esplanada, pl., de l’1 al 21 i del 30 al final

Sant Josep

Estrella

Sant Llorenç

Forn

Sant Lluís Gonçaga, fins a 51 i 66

Frares

Sant Manuel, fins a 29 i 6

Governador Ramírez

Sant Nicolau

Gràcia, fins 169 i 170

Sant Pau

Hannover

Sant Roc, pl.

Infanta,

Sant Roc

Isabel II

Sant Sebastià, fins a 71 i 30

Lluna

Santa Anna

Marítim, passeig, des del 43

Santa Caterina

Mercadal, fins a 13 i 26

Santa Cecília

Mirador de sa Plaça

Santa Escolàstica

Mirador de ses Monges

Santa Eulàlia

Miranda, pl.

Santa Rosa

Montanyés

Santa Teresa

Moreres

Santa Victòria, fins a 35 i 18

Negres

Santiago Ramón y Cajal

Nord

Sol

Nou

Voltes, costa

Padronet

ANNEX II – SOL·LICITUD

ANEXO II - SOLICITUD

CONVOCATÒRIA DE SUBVENCIONS PER A REHABILITACIONS DE FAÇANES  CAMPANYA MÔ+GUAPA (PINTURA) ANY 2014

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA REHABILITACIONES DE FACHADAS CAMPAÑA MÔ+GUAPA (PINTURA) AÑO 2014

1. DADES DE LA PERSONA SOL·LICITANT / DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

Nom / Nombre:       

DNI / NIF:      

Domicili / Domicilio:      

Telèfon / Teléfono:      

Mòbil / Móvil:                          

Fax:      

Població / Población:                                                                                         

CP:      

Correu electrònic / Correo electrónico:      

2. DADES DEL REPRESENTANT / DATOS DEL REPRESENTANTE

Nom i llinatges / Nombre y apellidos:      

DNI:      

Domicili / Domicilio:      

Telèfon / Teléfono                                   

Mòbil / Móvil:                           

Fax:      

Població / Población:                                                                                         

CP:      

Correu electrònic / Correo electrónico:      

La persona sol·licitant, en qualitat de

     

de l’edifici situat a

     

SOL·LICITA una subvenció de rehabilitació de façanes dins de la convocatòria de la campanya MÔ+GUAPA (PINTURA) de l’any 2014.

La persona solicitante, en calidad de

     

del edificio situado en

     

SOLICITA una subvención de rehabilitación de fachadas dentro de la convocatoria de la campaña MÔ+GUAPA (PINTURA) del año 2014

3. DADES DE LES OBRES PER A LES QUALS SE SOL·LICITA LA SUBVENCIÓ

    DATOS DE LAS OBRAS PARA LAS CUALES SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN

Descripció de les obres / Descripción de las obras:

           

Color:      

 

ANNEX II – SOL·LICITUD

ANEXO II - SOLICITUD

4. DOCUMENTACIÓ QUE S’ACOMPANYA / DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

(marcau amb una x / marque con una x)

   Fotocòpia NIF/CIF sol·licitant i representant / Fotocopia NIF/CIF: solicitante y representante

   Fotografia de la façana / Fotografía de la fachada

   Pressupost de les obres a realitzar, redactat pel constructor / Presupuesto de las obras a realizar, redactado por el constructor.

 

5. DECLARACIÓ RESPONSABLE / DECLARACIÓN RESPONSABLE

(marcau amb una x / marque con una x)

   Que compleix tots els requisits exigits a la present convocatòria / Que cumple la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria.

   Que l’entitat a la qual represent es troba al corrent de les obligacions amb l’administració tributària, i que no té deutes amb l’Ajuntament de Maó / Que la entidad a la que represento se encuentra al corriente de sus obligaciones con la administración tributaria, y que no es deudora del Ayuntamiento de Mahón.

   Que no està inclosa en els supòsits d’incapacitat o incompatibilitat establerts a l’art. 13 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions, ni en cap de les causes de prohibició establertes a l’Ordenança general de subvencions de l’Ajuntament de Maó / Que no está incursa en los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón.

   Que no ha sol·licitat cap subvenció o ajuda per a la mateixa finalitat a altres administracions públiques ni entitats públiques o privades / Que no ha solicitado ninguna otra subvención o ayuda para el mismo fin a otras administraciones públicas  ni entidades públicas o privadas.

 

FIRMA

Maó - Mahón,             de           de       

D’acord amb la Llei orgànica 15/1999, de 13 de desembre, de protecció de dades de caràcter personal, i la normativa que la desenvolupa, us informam que les dades de caràcter personal facilitades en el present imprès s’utilitzaran exclusivament per a la gestió d’aquesta convocatòria i seran incorporades als fitxers que conformen la base de dades de l’Ajuntament de Maó, davant el qual podreu exercitar els drets d’accés, rectificació, cancel·lació i oposició, adreçant-vos als registres municipals.

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, le informamos que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta convocatoria y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Mahón, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a los registros municipales.

 

 

ANNEX III – JUSTIFICACIÓ  DE LA SUBVENCIÓ

ANEXO III – JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

CONVOCATÒRIA DE SUBVENCIONS PER A REHABILITACIONS DE FAÇANES  CAMPANYA MÔ+GUAPA (PINTURA) ANY 2014

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA REHABILITACIONES DE FACHADAS CAMPAÑA MÔ+GUAPA (PINTURA) AÑO 2014

1. DADES DE LA PERSONA SOL·LICITANT / DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

Nom / Nombre:       

DNI / NIF:      

Domicili / Domicilio:      

Telèfon / Teléfono:      

Mòbil / Móvil:                          

Fax:      

Població / Población:                                                                                         

CP:      

Correu electrònic / Correo electrónico:      

 

2. DADES DEL REPRESENTANT / DATOS DEL REPRESENTANTE

Nom i llinatges / Nombre y apellidos:      

DNI:      

Domicili / Domicilio:      

Telèfon / Teléfono:                                     

Mòbil / Móvil:                           

Fax:      

Població / Población:                                                                                          

CP:      

Correu electrònic / Correo electrónico:      

La persona sol·licitant, en qualitat de

     

de l’edifici situat a

    

EXPOSA

Que va obtenir una subvenció de rehabilitació de façanes dins de la convocatòria de la campanya MÔ+GUAPA (PINTURA) de l’any 2014. Una vegada finalitzada les obres,

SOL·LICITA

El pagament del segon termini de la subvenció corresponent.

La persona solicitante, en calidad de

     

del edificio situado en

EXPONE

 Que obtuvo una subvención de rehabilitación de fachadas dentro de la convocatoria de la campaña MÔ+GUAPA (PINTURA) del año 2014. Una vez finalizadas las obras,

SOLICITA

El pago del segundo plazo de la subvención correspondiente.

 

 

ANNEX III – JUSTIFICACIÓ DE LA SUBVENCIÓ

ANEXO III – JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

DOCUMENTACIÓ QUE S’ACOMPANYA / DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

(marcau amb una x / marque con una x)

    Fotografia de la façana / Fotografía de la fachada

    Factura justificativa de les obres realitzades / Factura justificativa de las obras realizadas

 

FIRMA

Maó - Mahón,             de           de       

 

D’acord amb la Llei orgànica 15/1999, de 13 de desembre, de protecció de dades de caràcter personal, i la normativa que la desenvolupa, us informam que les dades de caràcter personal facilitades en el present imprès s’utilitzaran exclusivament per a la gestió d’aquesta convocatòria i seran incorporades als fitxers que conformen la base de dades de l’Ajuntament de Maó, davant el qual podreu exercitar els drets d’accés, rectificació, cancel·lació i oposició, adreçant-vos als registres municipals.

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, le informamos que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta convocatoria y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Mahón, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a los registros municipales.