Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 9888
Notificación resolución expte. sancionador infracción urbanística 87/2010
Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por supuesta infracción urbanística, a D./Dª. (datos personales ocultos), y al haber intentado la notificación de este Ayuntamiento, sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a D/Dª. (datos personales ocultos)de conformidad con lo que se dispone en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 13/10/2011 que pone en conocimiento del interesado/interesada, la resolución del expediente sancionador por infracción urbanística, así como los siguientes extremos relativos a dicha resolución:
Expte. Infracciones urbanísticas. Núm.: 000087/2010 – SAN.
Asunto: Realizar obras consistentes en porche adosado a la fachada de 15 m2.
Emplazamiento: Can Sionet, parcela 200.
Presunto responsable: SR. (datos personales ocultos).
Les comunicamos que el texto íntegro de este acto estará a su disposición en la sección de urbanismo, negociado de infracciones urbanísticas de este Ayuntamiento (c/. Major, núm. 2 de Pórtol), durante las horas de oficina (de 8,15 a 14 horas), de lunes a viernes.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:
Contra la resolució del expediente sancionador por infracción urbanística podrá interponer el recurso de reposición que establece el artículo 108 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local núm. 7/1985, de 2 de abril, en relación al artículo 14.2. de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales núm. 39/1988, de 28 de diciembre, ante el Sr. Alcalde, en el plazo de UN MES contado a partir del dia siguiente al de la notificación expresa del citado Decreto.
El citado recurso de reposición se entenderá desestimado si transcurre otro mes sin que se notifique su resolución.
Contra lo que se haya resuelto en el recurso de reposición, que pone fin a la via administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados des del siguiente dia al de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del dia siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
No obstante, podra utilizar cualquier otro recurso, si lo cree conveniente.
Marratxí, 19 de Maigl de 2014.
EL ALCALDE
Tomeu Oliver Palou.