Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 9659
Denegación de final de obra VIA EUROPA-ZL 900- Cala Murada, exp. 5/2010-CFO
Por no haber podido ser efectuada la preceptiva notificación en el domicilio que aparece en el expediente que se relaciona a continuación y que se tramita en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, por el presente Anuncio se notifica al (datos personales ocultos), que en del expediente de certificación de final de obra 5/2010 ha sido dictada la siguiente Resolución:
“En fecha 8 de enero de 2014, la delegada de Urbanismo y Obras por delegación de firma, de acuerdo con el Decreto de Alcaldía 4807, de 29 de diciembre de 2011, ha dictado la siguiente resolución:
“Antecedentes
1. El 13 de enero de 2010 y RGE número 2010000473, la mercantil (datos personales ocultos) ha solicitado la expedición de final de obra municipal de las obras realizadas y autorizadas conforme a las licencias 74/1999, 445/2004 (modtrans) y 6/2004 (prórroga) .
2. En fecha 26 de marzo de 2010 y RGS 2794 se le remitió al interesado notificación donde se comunicaba que para poder informar debidamente su solicitud hacía falta que diese cumplimiento a la condición impuesta en la licencia de obra 74/1999, aprobada por acuerdo de la Comisión de Gobierno celebrada el día tres de junio de mil novecientos noventa y nueve, la cual literalmente decía:
“...antes de la expedición de la certificación de la finalización de las obras se tendrá que entregar a la Corporación Municipal las obras de la red de alcantarillado que discurran por la vía pública.”
Esta notificación fue debidamente notificada en fecha 14 de abril de 2010,
3. No consta dentro del expediente que se procediera a la recepción de las obras, a su vez el 13 de septiembre de 2011 , el aparejador municipal emitió informe donde dice que para poder informar debidamente se tendrá que proceder a la recepción de las obras de la dotación de servicios y a la retirada de la red aérea de media tensión de Gesa-Endesa, en fecha 5 de diciembre de 2013 emite un nuevo informe que dice literalmente:
“para poder informar debidamente se tendrá que proceder a la recepción de las obras de la dotación de servicios de la estación de impulsión y canalización de aguas residuales que corresponde a la licencia de obra 74/1999 y 445/2004 (modtrans). “
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 42 y 43 de las Normas Complementarias y Subsidiarias del Planeamiento de Manacor, referentes a la inspección final y a la certificación de finalización de obras.
2. El artículo 61.2 del mismo cuerpo legal, en cuanto a la concesión de un plazo de cinco días para justificar la concordancia de las obras con el contenido de la licencia.
3. El artículo 65.1 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística, que prevé el plazo de dos meses para presentar el correspondiente proyecto de legalización de las obras realizadas sin licencia.
4. Y de acuerdo con el Decreto de Alcaldía. 4807, de 29 de diciembre de 2011, de delegación de firma, y siguiendo el informe técnico,
RESUELVO
1. Denegar el final de obra solicitado por la mercantil (datos personales ocultos) relativo a la reforma y ampliación de diez viviendas y construcción de diez piscinas en VÍA EUROPA, - ZL 900 -, toda vez que no se ha procedido a dar cumplimiento a la condición de la licencia 74/1999, aprobada por acuerdo de la Comisión de Gobierno celebrada el día tres de junio de mil novecientos noventa y nueve el cual literalmente dice:
“...antes de la expedición de la certificación de la finalización de las obras se tendrá que entregar a la Corporación Municipal las obras de la red de alcantarillado que discurran por la vía pública”.
2. Conceder un plazo de cinco días a (datos personales ocultos) en representación de (datos personales ocultos), porque justifique el incumplimiento de la condición de la licencia 74/1999.
3. Conceder un plazo de dos meses a (datos personales ocultos) para dar cumplimiento a la condición de la licencia 74/1999, con la advertencia que transcurrido este plazo desde el recibo de la notificación de la presente resolución, se incoará el correspondiente expediente de caducidad de la licencia.”
En conformidad con l´artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podéis interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Manacor en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la notificación de la resolución, toda vez que, de acuerdo con el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, las resoluciones administrativas que se adopten por delegación se entenderán dictadas por el órgano delegante, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la notificación de la resolución. Si optáis para interponer el recurso de reposición potestativo, no podréis interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo, si habéis optado para interponer recurso de reposición potestativo, será de dos meses, contados del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
Sin embargo, podéis interponer cualquier otro recurso o acción que estime conveniente para la defensa de vuestros intereses.
Todo el que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Art. 194 del RD 2568/86 de 28 de noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Manacor, 15 de mayo de 2014
El alcalde,
por delegación de firma (decreto 4807/2011)
1era. Teniente de Alcalde y delegada
Catalina Riera Mascaró