Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ES MIGJORN GRAN

Núm. 9592
Convocatoria i bases para el concurso de creación de una bolsa de trabajo para profesores de música con destinación a la escuela de música

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que la Junta de Gobierno Local de fecha 27/05/2014, ha acordado convocar el concurso de creación de una bolsa de trabajo para profesores de música con destino a la escuela de música, y también ha acordado aprobar las bases por las que se regirá el proceso selectivo .

A continuación se transcriben las bases:

Es Migjorn Gran, 28 de mayo de 2014

El Alcalde

Pedro G. Moll Triay

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE HA DE REGIR EL CONCURSO DE CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA PROFESORES DE MÚSICA CON DESTINO A LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA .

1.- Objeto de la convocatoria

Es objeto de esta convocatoria la creación de una bolsa de trabajo para profesores de música a tiempo parcial con destino a la escuela municipal de música, mediante el sistema de concurso.

Los/las aspirantes formarán parte de una bolsa de trabajo que les dará derecho, según el orden de puntuación obtenido en su especialidad en el procedimiento selectivo, a ser llamados para cubrir todas las necesidades de personal que puedan surgir en la escuela de música municipal. Esta bolsa de trabajo se mantendrá vigente por un período de tres años.

2.- Condiciones y requisitos que deben cumplir los/las aspirantes

Para ser admitidos al concurso los/las aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener 18 años cumplidos el día que finalice el plazo de presentación de las solicitudes .

b) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:

- Grado profesional de piano .

- Grado profesional de trombón, tuba y /o trompa.

Los/las aspirantes de nacionalidad no española deben estar en posesión de alguno de los títulos reconocidos en España, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

c) Ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o extranjero no miembro de la Unión Europea con permiso de residencia y trabajo vigente y adecuado. De acuerdo con lo establecido en la Ley 17/1993, de 26 de septiembre, los/las nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su nacionalidad .

d) Los/las aspirantes de nacionalidad no española deben demostrar conocimientos suficientes de castellano y catalán, para lo cual se les podrá exigir la superación de pruebas de conocimiento de ambas lenguas .

e) No haber sido separados, mediante expediente disciplinario , de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitados para el desarrollo de funciones públicas.

f) No padecer enfermedad o discapacidad física o psíquica que impida el desarrollo normal de las funciones correspondientes.

g) No hallarse incluidos en ninguna de las causas de incapacidad previstas en la legislación para el desarrollo del cargo.

h) No encontrarse incluidos en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 53/84 , de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al servicio de las administraciones públicas.

Antes de firmar el contrato el interesado hará constar que no se encuentra ejerciendo ninguna actividad u ocupando ningún lugar en el sector público delimitado en el artículo 1 de la Ley 53 /1984, y que no recibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. En el caso de ejercer una actividad privada, deberá declararlo en el plazo de diez días desde la firma del contrato con el fin de que la corporación pueda adoptar un acuerdo de compatibilidad o incompatibilidad .

3.- Solicitudes

Las solicitudes para optar al concurso, dirigidas al Alcalde, se presentarán en las oficinas municipales, terminando el plazo de presentación el día 20 de junio de 2014 a las 14 horas, de acuerdo con el siguiente modelo :

----------------------------------------------- nacido/a en ----------------- , provincia de ----------- , día ----- de --------- ----- de 19 -, domiciliado/a en -------------- , provincia de ------------, calle ----- ------------------, núm. -----, teléfono --------, y titular del DNI núm ---------- ---- , habiendo tenido conocimiento de la convocatoria del concurso para la creación de una bolsa de trabajo para profesores de música a tiempo parcial con destino a la escuela de música municipal

SOLICITO ser admitido/a al concurso de creación de la bolsa de trabajo y DECLARO que son ciertos los datos consignados y que cumplo las condiciones exigidas para su ingreso, por lo que adjunto la siguiente documentación justificativa de los requisitos exigidos en la base segunda:

- Fotocopia del DNI .

- Còpia del título exigido o certificación académica acreditativa de haber cursado y aprobado los estudios necesarios.

- Compromiso de aportar , en caso de ser seleccionado/a , un certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas .

Adjunto también a la presente solicitud un curriculum detallado de mi trayectoria profesional y los justificantes de los méritos alegados y que figuran a continuación:

Es Migjorn Gran , de de 2014

(firma)

4.- Tribunal calificador

Estará integrado por:

- tres personas que ejerzan el cargo de director en alguna de las escuelas de música de Menorca o personas cualificadas en quien deleguen, nombrados con este fin por el Alcalde, que designará uno de ellos para actuar como presidente.

- Un funcionario de la plantilla municipal del grupo A.

- Un funcionario de la plantilla municipal del grupo C , que actuará como secretaria del Tribunal .

Su composición nominal se hará pública al mismo tiempo que la lista de admitidos .

El Tribunal será competente para resolver cualquier incidente que se produzca en el transcurso del concurso .

El Tribunal se abstendrá, notificándolo a la autoridad convocante, cuando se produzca alguna de las circunstancias previstas en la Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

5.- Concurso

La valoración de méritos por parte del Tribunal tendrá lugar el día 1 de julio a las 9.30 horas .

5.1. Experiencia profesional:

5.1.1- Experiencia docente como profesor en escuela de música o conservatorio, a jornada completa, durante los últimos 5 años, en la especialidad por la que se opte: hasta un máximo de 5 puntos , según el siguiente baremo:

- Por cada curso escolar completo como profesor de lenguaje musical y piano: 1 punto

- Por cada curso escolar completo como profesor de trombón , de tuba y/o de trompa: 1 punto .

- Por cada mes completo como profesor en alguna de las modalidades anteriores siempre que no se haya completado el curso escolar: 0,10 puntos por mes.

5.1.2.- Experiencia docente como profesor en escuela de música o conservatorio, a jornada parcial, durante los últimos 5 años, en la especialidad por la que se opte: hasta un máximo de 2,5 puntos, según el siguiente baremo:

- Por cada curso escolar completo como profesor de lenguaje musical y piano: 0,5 puntos

- Por cada curso escolar completo como profesor de trombón, de tuba y/o de trompa: 0,5 puntos.

- Por cada mes completo como profesor en alguna de las modalidades anteriores siempre que no se haya completado el curso escolar: 0,05 puntos por mes .

5.1.3.- Experiencia docente como profesor en escuela de música o conservatorio, durante los últimos 5 años, en otra especialidad (a jornada completa o parcial) , distinta de la que se opte: hasta un máximo de 1,25 puntos, según el siguiente baremo .

Por cada curso escolar completo como profesor en otra especialidad , se valorará a 0,25 puntos.

La experiencia profesional se acreditará mediante la aportación de certificación del centro o fotocopias de los nombramientos o contratos de trabajo y documento acreditativo de la vida laboral .

5.2.Formación y méritos:

5.2.1. Formación académica: hasta un máximo de 3 puntos, según el siguiente baremo :

- Título de grado superior de piano: 1 punto

- Título de grado superior de solfeo: 1 punto

- Título de grado superior de trombón: 1 punto

- Título de grado superior de tuba: 1 punto

- Título de grado superior de trompa: 1 punto

Se acreditará mediante copia compulsada del título .

5.2.2. Actividades de formación y perfeccionamiento relacionadas con el ámbito musical, con un máximo de 2 puntos, según el siguiente baremo :

- 0,10 puntos por actividad de formación de hasta 15 horas .

- 0,25 puntos por actividades de formación entre 16 a 60 horas

- 0,50 puntos por actividades de formación de más de 60 horas

Se acreditará mediante copia compulsada del título .

5.2.3 Otras actividades de formación y perfeccionamiento relacionadas con la enseñanza de la música (la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación), 0,10 puntos por cada 10 horas lectivas hasta un máximo de 2 puntos .

Se acreditará mediante copia compulsada del título .

5.2.4. Conocimientos de Lengua catalana, acreditados con certificado oficial, equivalencia u homologación :

- Nivel B2 (antiguo nivel B): 0,12 puntos

- Nivel C1 (antiguo nivel C): 0,25 puntos

- Nivel C2 (antiguo nivel D): 0,50 puntos

- Nivel LA (antiguo nivel E): 0,25 puntos

Se valorará sólo un certificado, excepto en el caso del certificado de lenguaje administrativo (nivel LA), la puntuación de la que se acumulará a la del otro que se aporte.

Se acreditará mediante copia compulsada del título .

5.2.5 Otros méritos que quiera considerar el Tribunal y que no se encuentren incluidos en los apartados anteriores (redacción de trabajos, estudios o publicaciones, conciertos, material editado etc. ... ) hasta 1 punto.

En ningún caso se valorarán ni puntuarán los méritos alegados y no justificados documentalmente .

Finalizada la valoración de méritos y en caso de producirse un empate entre algunos concursantes, el Tribunal efectuará una entrevista personal e individualizada con los aspirantes afectados. El día y hora de la entrevista -si fuera el caso - se comunicará a los interesados.

6.- Selección de aspirantes y propuesta del tribunal

La calificación final de cada aspirante será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en la valoración de méritos y la entrevista si fuera necesaria.

Terminada la selección, el tribunal formulará a la alcaldía la propuesta de una lista definitiva, por especialidad y por riguroso orden de puntuación, para la confección de la bolsa de trabajo.

7.- Presentación de documentos y contratación

En el plazo de tres días hábiles desde que se habrán hecho públicas las listas de los aspirantes propuestos por el tribunal, las personas seleccionadas deberán presentar a la Secretaría del Ayuntamiento la documentación que acredite que tienen las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria.

Quien no presente dentro del plazo señalado la documentación o que del examen de dicha documentación deduzca que falta alguno de los requisitos exigidos en las bases, no podrá formar parte de la bolsa de trabajo y quedarán anuladas, respecto de esta persona, todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad por falsedad .

8.- Incidencias

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se puedan presentar y tomará los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todos los casos que estas bases no prevén.

9.- Impugnaciones

La presente convocatoria y los actos administrativos que se deriven y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.