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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 9457
Propuesta de demolición expediente infracción urbanística 000020/2013.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Ante la imposibilidad de dar traslado a D/.Dª. KUCHENBUCH PETER de la Propuesta de Demolición de fecha  20 de marzo de 2014 por la que se acuerda se proceda a la demolición de las obras realizadas en la calle Escorpora, 9 A, consistentes en “Construcción, en la parte posterior de la vivienda, de un trastero de dimensiones aproximadas de 1,90 x 3,00 mts, así como la ejecución del embaldosado de la terraza lateral, contigua a Escorpora, 7B, elevándola sobre su anterior cota, quedando enterrada una bajante de pluviales”, expediente de I.U. núm.000020/2013-INFRA Ref2, a través del presente edicto se le notifica, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/92 L.R.J.A.P. y P.A.C. de 26 de noviembre y 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, la propuesta de demolición de 20 de marzo de 2014, del siguiente tenor literal :

“Visto el expediente de Infracción Urbanística núm. 000020/2013-INFRA incoado a D./Dª. KUCHENBUCH PETER por realizar obras sin licencia municipal; ha transcurrido con exceso el plazo de dos meses concedido al interesado para que solicitase la oportuna licencia, sin que las obras hayan sido legalizadas.

En consecuencia, por el Instructor del expediente se formula PROPUESTA DE DEMOLICION (retirada o reconstrucción), contra el denunciado por las obras que más abajo se relacionan, a costa de los interesados, así como lo procedente para impedir definitivamente los usos a los que hubiesen dado lugar, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 66 y siguientes de la Ley 10/1990 de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B.

A D./Dª. KUCHENBUCH PETER para que, proceda a la demolición de las obras realizadas en la calle Escorpora, 9 A consistentes en “Construcción, en la parte posterior de la vivienda, de un trastero de dimensiones aproximadas de 1,90 x 3,00 mts, así como la ejecución del embaldosado de la terraza lateral, contigua a Escorpora, 7B, elevándola sobre su anterior cota, quedando enterrada una bajante de pluviales”, de modo que se restituya la finca al estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción.

CONCEDER a D/Dª KUCHENBUCH PETER un plazo improrrogable de diez días para que formule todas las alegaciones que estime convenientes.

ADVERTIENDOLE que a tenor de lo dispuesto del art. 67.1 de la Ley 10/90 de la C.A.I.B., transcurrido el plazo expresado sin que hayan presentado alegaciones o desestimadas éstas, se acordará la retirada o demolición de las obras por el interesado y procederá impedir definitivamente los usos a los que hubiera dado lugar, concediendo al interesado un plazo al efecto adecuado a las circunstancias del caso, con la advertencia de que en caso de incumplimiento se ejecutará subsidiariamente”.

Comunicándole que, conforme al art.66.3 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B., formule cuantas alegaciones considere convenientes en defensa de sus derechos, dentro del plazo de diez días hábiles. Significándole que transcurrido dicho plazo se dará por evacuado el trámite prosiguiéndose la oportuna tramitación.”.

Llucmajor, a 16 de mayo de 2014

  

EL ALCALDE,

Joan C. Jaume Mulet.