Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 9323
Aprobación definitiva expediente de modificación del presupuesto núm. 6/2014
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en fecha 26 de abril de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 6/2014, de créditos extraordinarios y suplementos de crédito financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de gastos:
CRÈDITOS EXTRAORDINARIOS |
||
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
7 |
TRANSFERÈNCIAS DE CAPITAL |
257.300,71 |
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO |
||
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
4 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
122.978,83 |
TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS |
||
Y SUPLEMENTOS DE CRÉDITO |
380.279,54 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería resultante de la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Altas en concepto de ingresos:
CAPITULO |
DESCRIPCION |
IMPORTE |
8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
380.279,54 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Sant Josep de sa Talaia, a 26 de mayo de 2014.
LA ALCALDESA,
M. Nieves Marí Marí.