Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9048
Juicio de faltas nº 401/2013
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Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia recaida en autos a DORIN GROSU en la actualidad en ignorado paradero y que es del tenor siguiente:
JDO. INSTRUCCION N. 10.-PALMA DE MALLORCA.-JUICIO DE FALTAS Nº 401/13.-
SENTENCIA 42/14.-
En Palma de Mallorca, a 24 de enero de dos mil catorce.-Vistos por mí, Doña Isabel María Chico Molina, Juez en Prácticas, bajo la supervisión de Doña María del Carmen Abrines Marti, Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción número 10 de Palma de Mallorca, los presentes autos seguidos con el número arriba indicado por una presunta falta de amenazas y de daños en los que intervienen como denunciante Don Emilio Blaya López, y la empresa municipal de transportes “EMT” y como denunciado Don Dorin Groso y el Ministerio Fiscal representado por Concepción Ariño.-
FALLO.-
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dorin Grosu como autor de una falta de vejaciones a la pena de Multa de 20 días a razón de 3 euros diarios, así como a la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas.-QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dorin Grosu como autor de una falta de daños a la pena de Multa de 20 días a razón de 3 euros diarios, así como a la responsabilidad personal subsidiario por impago de multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas.-Deberá indemnizar a la empresa de transportes “EMT” en la cantidad de 234,41 euros por los daños causados.-Asimismo se le condena al pago de las costas procesales.-Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de cinco días y del que conocerá la Audiencia Provincial.-Expídase testimonio para unión a autos y archívese el original en el libro de sentencias.-Así lo acuerdo, mando y firmo, Dª. María del Carmen Abrines Marti, asumiendo el Proyecto de Resolución elaborado por la Juez en Prácticas Dª Isabel María Chico Molina.
Y para que conste y sirva de notificación en forma a DORIN GROSU en la actualidad en ignorado paradero expido el presente en Palma de Mallorca a 8 de Mayo de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL