Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 9184
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Modificación Puntual núm. 2 de las Normas Subsidiarias sobre la determinación de índice de intensidad, Algaida.
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En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears, en sesión de 20 de diciembre de 2013,
CONSIDERANDO
1.Que el objeto de la solicitud es la consulta en lo referente a la necesidad de tramitación ambiental de la Modificación puntual núm.2 de las Normas Subsidiarias de Algaida de determinación de índice de intensidad de uso residencial y turístico.
2.Que el objeto de la modificación puntual es:
a.Modificación del índice de intensidad de uso residencial de determinadas zonas añadiendo un límite máximo de viviendas en función de la dimensión de la fachada del solar, además del existente en función de la superficie.
b.Actualizar las referencias a la normativa turística, suprimiendo las disposiciones ya derogadas.
3.Que uno de los supuestos que se establece en el apartado 4 del anexo III de la Ley 11/2006 de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, para poder ser una modificación menor de Normas Subsidiarias de planeamiento directamente considerada como no sujeto al procedimiento de evaluación ambiental estratégica se que tenga como objeto exclusivo: h) Establecimiento o modificación de los índices de uso turístico o residencial siempre que supongan disminución de la capacidad de población.
ACUERDA
informar que la “Modificación puntual núm. 2 de las Normas Subsidiarias de Algaida sobre la determinación de índice de intensidad” se inserta en el supuesto del apartado 4.h del anexo III de la Ley 11/2006 de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Islas Baleares, para poder ser directamente considerada como no sujeto al procedimiento de evaluación ambiental estratégica.
Palma, 3 de febrero de 2014
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato