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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9199
Disciplina. DI-2002/68. Notificación orden de demolición al propietario 2.
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a CESAR MAESTRO SANTAMARIA y MARIA CRISTINA MUÑOZ TORO, exp. nº DI-2002/68, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a CESAR MAESTRO SANTAMARIA, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Le notifico, que el Consejo de la Gerencia de Urbanismo, en sesión de 1 de abril de 2014, acordó,
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Que formula la instructora del expediente de demolición, que se sigue contra CÉSAR MAESTRO SANTAMARÍA y MARIA CRISTINA MUÑOZ TORO (propietarios) conforme al artículo 66.2 de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB.
RESULTANDO que el 30.10.2013 se dictó propuesta de retirada/demolición de las obras realizadas sin licencia municipal en la calle 138, nº 14, Paraje Sa Garriga- Son Arcís, RR 020-15, consistentes en “construcción de piscina de unos 25 m2 aprox.” para restituir el inmueble al estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística.
RESULTANDO que no se han presentado alegaciones a la propuesta anterior.
RESULTANDO que el 28.10.2011 el arquitecto técnico emitió informe sobre las condiciones de demolición que deberán cumplirse antes de la iniciación de las obras de retirada/reconstrucción, que dice:
“Las siguientes condiciones se tendrán que considerar de obligado cumplimiento antes de iniciar la demolición y restitución:
EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA ORDEN SERÁ: 3 MESES
(según las presentes condiciones)
Indicar que para llevar a cabo la demolición de las obras denunciadas deberá disponer de toda la documentación que se relaciona en las condiciones de demolición, sin que sea preceptiva la solicitud de una licencia municipal de obras.
Visto el artículo referido y otros de general aplicación, la instructora que suscribe emite el presente informe, y eleva al Consejo de la Gerencia la siguiente propuesta:
1º ORDENAR, vistos los artículos 67.1 y 68 de la Ley 10/90, de 23 de octubre de disciplina urbanística de la CAIB, al Sr. César Maestro Santamaria que proceda a la RETIRADA/DEMOLICIÓN de las obras realizadas en la calle , 138, nº 14, Paraje Sa Garriga- Son Arcís, RR 020-15 consistentes en “construcción de piscina de unos 25 m2 aprox.” , para restituir el inmueble en el estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística (expte. DI 2002/68).
Indicar que para llevar a cabo la demolición de las obras denunciadas deberá disponer de toda la documentación que se relaciona en las condiciones de demolición, (informe técnico del 18.7.2013, reproducido en la parte expositiva de este acuerdo) sin que sea preceptiva la solicitud de una licencia municipal de obras.
2º APERCIBIR a los interesados, conforme los artículos 67 y siguientes de la Ley 10/1990 de disciplina urbanística de la CAIB, que el incumplimiento de esta orden de demolición, retirada o reconstrucción, podrá dar lugar a la EJECUCIÓN SUBSIDIARIA por este Ayuntamiento, para lo cual se solicitará presupuesto a la empresa adjudicataria de la realización de obras por vía de ejecución subsidiaria del Ayuntamiento. Desde el momento en el que se solicita la presentación del presupuesto, se considerará iniciada la EJECUCIÓN SUBSIDIARIA y todos los gastos que se originen por la preparación y posterior ejecución subsidiaria de las obras descritas en el apartado 1º de este acuerdo, serán a cargo del propietario obligado.
3º COMUNICAR ESTE ACUERDO AL DEPARTAMENTO FINANCIERO a efectos de la recaudación de los tributos correspondientes.
La valoración de les obras realizadas, efectuada por el técnico municipal de acuerdo con los precios del colegio oficial de arquitectos técnicos de Mallorca es de 16.783,98 €
4º. NOTIFICAR la presente resolución a los interesados y al Negociado de Expedientes Sancionadores para iniciar/continuar el expediente sancionador.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38,4º de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando, en este caso, expedita la vía contencioso-administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 116 anteriormente citado, y lo dispuesto en la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 8 de mayo de 2014
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod