Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8975
Seguridad Social 242/2013
D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 DE PALMA DE MALLORCA.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª RAFAEL FERNANDEZ CLADERA contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL INEM, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , BERNARDO PONS BELTRAN , TRANSPORTES MARITIMOS DE ALCUDIA SA , CONSTRUCCIONES RIUSECH SA , ANTONIO CIFRE AMER , JAIME SERRA SOCIAS , ALOJAMIENTOS COSTEROS SA , BAULO PARK SL , PEDRO CAÑELLAS SOCIAS , ANDRES SEGUI SOCIAS , AJUNTAMENT DE SA POBLA , FRANCISCO GOST SERRA , RAFAEL FUSTER CIFRE , CAFRESA , MIGUEL CAPO SOCIAS , GABRIEL MIR CLADERA , en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nº SEGURIDAD SOCIAL 0000242 /2013 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a CAFRESA, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 7/10/2014 a las 09:30 horas, en C/TRAVESSA DEN BALLESTER - Sala 006, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a CAFRESA, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.
En PALMA DE MALLORCA, a veinte de Mayo de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL