Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 9036
Notificación de resolución de expediente por infracción administrativa en materia de pesca núm. 35/2012-1603
Dado que se ha intentado por los medios establecidos la notificación personal de la resolución de expedientes por infracción administrativa en materia de pesca, Ley 6/2013, de 7 de noviembre de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears, y dado que no hay constancia en el expediente de su recepción por las personas interesada, de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con este anuncio se pone en conocimiento de las personas interesadas que se indican a continuación, que se ha dictado resolución de expedientes sancionadores por presunta infracción cometida en materia de pesca, comunicándoles que la resolución no pone fin a la vía administrativa y que contra la misma se podrá interponer recurso de alzada ante el presidente del Consell Insular d’Eivissa en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio.
Así mismo, se les comunica que la sanción impuesta se deberá hacer efectiva dentro del período voluntario establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en los siguientes plazos:
a) Las deudas notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o, si este no fuese hábil, hasta el inmediatamente hábil siguiente..
b) Las deudas notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuese hábil el inmediato siguiente..
El importe de la multa, se deberá pagar, todo indicando la siguiente referencia, Expediente sancionador PESCA 35/2012-1603, en cualquiera de las oficinas bancarias del Banco Mare Nostrum núm. de cuenta 0487-2028-67-2000012208, o bien en la Tesorería del Consell Insular d’Eivissa (av. d’Espanya, 49 d’Eivissa) mediante dinero de curso legal o cheque conformado no nominativo a favor del Consell Insular d’Eivissa.
Transcurridos los plazos mencionados sin haber hecho efectivo el importe de la sanción impuesta, se procederá a su exacción por la vía de constreñimiento sobre el patrimonio del obligado al pago.
Eivissa, 8 de mayo de 2014
La Secretaria Tècnica de l’Àrea d’Economia, Benestar Social i Agricultura
Gema Marí Planells
Anexo
Núm. de expediente.: 35/2012
Presunto infractor: (datos personales ocultos)
Fecha de la resolución: 21 de marzo de 2014
Preceptos infringidos: Realizar la pesca submarina sin marcar la posición del submarinista mediante una boya u otro dispositivo reglamentario.
Infracción del artículo 96.1e de la Ley de Pesca marítima del Estado (BOE núm. 75 de 18.03.2001), modificada por el Real decreto 114/2013, de 15 de febrero, en relación con el artículo 8 del Decreto 69/1999, por el cual se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear, modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002) y, con el articulo 7 de la Orden del 26 de febrero de 1999, por el que se establecen las normas que regulan la pesca marítima de recreo (BOE núm. 53, de día 3 de marzo de 1999).
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 151 euros
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: Sant Josep de sa Talaia