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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 9028
Notificación del requerimiento de documentación en relación a los expedientes de inscripción de inicio de actividad turística de establecimientos de restauración tramitados por la dirección general de Turismo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Debido a que no ha sido posible la notificación del requerimiento de documentación al señor Josué Hege, con NIE Y2425772E, en representación de la entidad LA PETITE ALSACE, CB, de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, mediante este anuncio se notifica lo siguiente:

“Como consecuencia de la declaración responsable presentada en fecha 20 de marzo de 2014 para la inscripción del establecimiento de restauración situado en la calle Eivissa, 3, local 3, de Palma con número de expediente 56/2014/BC, en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears, le comunico que de acuerdo con el Decreto 13/2011, de 25 de febrero, deberá presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI del declarante.
  • Comunicar si el titular es el señor Josué Hege o la entidad La Petite Alsace C.B.; Si la explotadora es la comunidad de bienes tendrán que presentar fotocopia de la escritura de constitución de la comunidad.
  • Comunicar el nombre comercial del establecimiento.
  • Informe descriptivo firmado que, como mínimo ha de incluir:
    • Nombre, dirección y grupo.
    • Número de plazas en barra, sala y terraza.
    • Descripción de les zonas comunes, con su ubicación, superficie y número de éstas; servicios higiénicos generales, comedor, cocina, almacenes, bodega, cámaras frigoríficas, instalaciones, etc. Así como la descripción de los servicios que se ofrecen.

Lo que se notifica de acuerdo con lo que prevén los artículos 71 y 71 bis 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 20 del Decreto 13/2011, por el que se establecen las disposiones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y de prestación de servicios turísticos, la regulación de la declaración responsable y la simplificación de los procedimientos administrativos en materia turística con la advertencia de que transcurridos 10 días desde el siguiente al de la recepción de este querimiento, y en el caso de que no haya aportado la documentación requerida y que ésta tenga la consideración de esencial, se dictará una resolución para manifestar la imposibilidad de la inscripción y del ejercicio de la actividad.”

Palma, 16 de mayo de 2014

La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística
Margarita Sendín Rebassa

La directora general de Turismo
Montserrat Jaén Mercadal