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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD
Núm. 8895
Notificación de Resolución declarando el desistimiento a la interposición del recurso de alzada.
No habiendo sido posible la notificación de la resolución que declara el desistimiento a la interposición del recurso de alzada por no haberse localizado al destinatario, se notifica por este Edicto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 4/1999 de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a las personas que a continuación se relacionan.
Dicha resolución agota la vía administrativa y contra las misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en la forma y condiciones previstas en la Ley de dicha jurisdicción.
Instrucciones para el pago de la multa:
1º.- La resolución que declara el desistimiento a la interposición del recurso de alzada se halla, junto al expediente sancionador, a su disposición en la Sección de Sanciones de la Consejería de Salud, sita en plaza de España, 9 – 07002 de Palma. El pago de las sanciones deberá efectuarse con el documento de ingreso remitido en su momento junto la resolución del Director General de Salud Pública y Consumo.
2º.- Para hacer efectivo el pago en el periodo voluntario el Reglamento General de Recaudación establece los siguientes plazos:
a) Las notificaciones practicadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde el día de la notificación, hasta el día 20 del mes siguiente.
b)Las notificaciones practicadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la notificación, hasta el día 5 del segundo mes posterior.
. Si el último día de pago fuese sábado, domingo o festivo, se extenderá el plazo de pago al hábil inmediato posterior.
3º.- El pago del importe de la multa habrá de ser efectuado, mediante el documento de ingreso remitido en su momento junto a la Resolución del Director General de Salud Pública y Consumo, en la Caja de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, o bien en cualquiera de las entidades bancarias relacionadas a continuación:
- Sa Nostra
- La Caixa
-Banca March
-Banco de Crédito Balear
-Banco Bilbao-Vizcaya
Expte. núm |
Expedientado |
Sanción |
SA 153/2011 |
Arena y Schlafke, SL |
2.500 € |
Palma, 5 de mayo de 2014
El Consejero de Salud
Martí Sansaloni Oliver