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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8757
Procedimiento ordinario 994/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000994/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN LUIS PULIDO DEL MORAL contra la empresa VIVES RIBOT GERMAN SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA N°  162 

En la ciudad de Palma de Mallorca a  ocho de mayo del año dos mil  trece.

VISTO  por mi  D.  Ricardo Martín Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 4 de Palma de Mallorca, el presente Juicio seguido a instancia de D. Juan Luis Pulido del Moral  asistido del Letrado D. Juan Carlos López Martínez contra la empresa Servicios a Vives Ribot Germán S.L.  sobre reclamación de cantidad.

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por D. Juan Luis Pulido del Moral  contra la empresa Servicios a Vives Ribot Germán S.L. sobre reclamación de cantidad  condenando demandada a abonar al actor la cantidad de 2.192,77 €, incrementada en el recargo por mora establecido en el art. 29.3 ET  y extendiendo la condena al pago del interés establecido en el Art. 576 LEC que se devengará desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago.

Notifíquese  la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley  Reguladora de la Jurisdicción Social, no cabe recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a VIVES RIBOT GERMAN SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a trece de mayo de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL