Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8619
Despido/ceses en general 370/2013
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 370/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª LIDYA TERESA CARRANZA MENDOZA contra la entidad mercantil FIDUCIA FORTIS S.L. sobre DESPIDO, se ha dictado por S.Sª SENTENCIA de fecha 30/04/2014, e ignorando el paradero de la referida empresa, es por lo que se acuerda la notificación vía edictal de su PARTE DISPOSITIVA/FALLO, que se relaciona:
“Que ESTIMANDO la demanda interpuesta a instancia del sindicato Unión General de Trabajadores actuando en nombre e interés de su afiliada Dª. Lidya Teresa Carranza Mendoza contra la empresa Fiducia Fortis, S.L., con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido con fecha 22 de febrero de 2013 y, no siendo posible la readmisión de la trabajadora en su puesto de trabajo, debo condenar y condeno a la empresa demandada a indemnizar a Dª. Lidya Teresa Carranza Mendoza en la cantidad de 996,66 euros, declarando extinguida en el día de hoy la relación laboral habida entre las partes. Todo ello absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de los pedimentos contenidos en la demanda y sin perjuicio de sus eventuales responsabilidades legales.”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a la entidad mercantil FIDUCIA FORTIS S.L., en su condición de parte demandada en los autos de referencia, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a nueve de Mayo de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL