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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA

Núm. 6324
Procedimiento ordinario 1/2012 Sobre otras materias

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Texto

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

“SENTENCIA

En Ibiza a veintisiete de marzo de dos mil catorce.

Vistos por mí SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, los presentes autos de Juicio Ordinario ½.012, seguidos a instancia de GENERALI ESPAÑA, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el Procurador de los Tribunales Sra. Roig Domínguez, con asistencia letrada a cargo del Letrado Sr. Pedro Col Pons, contra FRANCISCO LLAVONA AMOR, declarado en situación procesal de rebeldía, vengo a resolver sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.

FALLO

ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. Roig Domínguez en nombre y representación de GENERALI ESPAÑA, SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, contra FRANCISCO LLAVONA AMOR, y, en consecuencia, CONDENO al demandado a abonar a la actora la cantidad de DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CON VEINTISEIS EUROS (16.890’26 euros), más los intereses legales correspondientes, con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación conforme a lo previsto en el artículo 455 LEC, a interponer  con arreglo a lo dispuesto en los artículos 458 y ss. LEC, previa consignación del depósito preceptivo para recurrir en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Así por esta mí Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.”

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. FRANCISCO LLAVONA AMOR, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En EIVISSA, a veintisiete de Marzo de dos mil catorce.

LA SECRETARIA JUDICIAL