Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 8733
Anuncio de resolución de Presidencia decreto sancionador obras. Expediente 17/2013
No habiendo sido posible la notificación personal al interesado en el domicilio indicado en el expediente y de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal se procede a la publicación del presente anuncio de resolución emitida por el Presidente del Consell Insular de Formentera el día 29 de abril de 2014.
Jaume Ferrer Ribas, Presidente del Consell Insular de Formentera, Illes Balears.
Vistos los expedientes de Restablecimiento de la Legalidad Urbanística 28/2013 y Sancionador 17/2013, incoados contra el Sr. Graziano BEGHELLI, como promotor, de obras que se llevaron a cabo sin licencia consistentes en la "Construcción de un pozo" en la Vénda de Sa Punta **** .
Vista la propuesta de sanción del instructor, de fecha 19 de marzo de 2014, publicada en el BOIB 50 de 12 de abril al no haber sido posible la notificación personal en el domicilio indicado.
Dado que no se han presentado alegaciones a la misma.
En uso de las atribuciones legalmente conferidas,
HE RESUELTO
PRIMERO.- SANCIONAR al Sr. Graziano BEGHELLI, con una multa por importe de 4.330,47 € (cuatro mil trescientos treinta euros con cuarenta y siete céntimos), correspondiente al 50 % del total del valor de la obra, según valoración elaborada por los servicios técnicos en el informe de 3 de enero de 2014 y de acuerdo al artículo 45 de la Ley 10/ 1990 de Disciplina, por la comisión de una infracción grave, según artículos 27.1 b ) y 28.2 de la misma ley.
SEGUNDO.- INFORMAR al interesado que el plazo de pago voluntario es:
- Si la notificación del presente decreto se hace entre el día 1 y 15 del mes, tendrá de plazo hasta el 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.
- Si la notificación del presente decreto es entre el 16 y el último día del mes, tendrá de plazo hasta el día 5 del segundo mes posterior o inmediato hábil posterior.
TERCER.- INFORMAR al interesado, que una vez transcurrido el plazo de pago voluntario sin que la deuda haya sido satisfecha, se hará un recargo del 20% y los intereses de demora correspondientes. El recargo será del 5% cuando la deuda sea satisfecho antes de que haya sido notificada la providencia de apremio, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley General Tributaria.
CUARTO.- INFORMAR al interesado que el pago se puede hacer en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) C/Ramon Llull 6, San Francisco, con tarjeta de crédito, o mediante depósito bancario en las siguientes entidades:
Sa Nostra |
ES59 0487 2113 14 2000003108 |
La Caixa |
ES29 2100 0187 11 0200000383 |
Banca March |
ES78 0061 0032 58 0000010181 |
Banco Sabadell |
0081 1396 06 0001001505 |
Banco Popular Español |
ES69 0075 6871 94 0602625618 |
QUINTO.- Notificar el presente al interesado.
Este acto pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha adoptado, o directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al que tenga lugar la presente notificación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en relación con el artículo 8 de la Ley 29/1998 , de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción .
No se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto .
Podrá interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.
Formentera, a 14 de mayo de 2014
El Presidente,
Jaume Ferrer Ribas