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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE MANACOR

Núm. 8445
Familia, guarda, custodia alimentación hijo menor no matrimonio no consensuado 54/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D. MIGUEL ANGEL OROZCO PANIAGUA, Secretario Judicial, del JDO. INSTRUCCION N.2 (ANT. MIXTO 5) de MANACOR, por el presente,

FALLO

Que, con ESTIMACIÓN ÍNTEGRA de la demanda promovida por la Procuradora de los Tribunales Dña. Bárbara Sansó, en nombre y representación de Dña. Isabel Serrano Reynes, contra D. Abdelmalek Haddad, he de acordar y acuerdo las siguientes medidas:

1.- Atribución de guarda y custodia de Ismael Haddad Serrano a Dña. Isabel Serrano Reynes, manteniendo la patria potestad compartida entre ambos progenitores. El padre precisará el consentimiento expreso y por escrito de la madre para sacar al menor de la isla, y en su defecto, autorización judicial.

2.-. Fijación de un régimen de visitas a favor del progenitor no custodio consistente en que si regresa a Mallorca, D. Abdelmalek tenga a su hijo Isamel en su compañía dos tardes a la semana, martes y jueves, desde las 19 horas a las 20 horas. Dichas visitas se realizarán a través de una tercera persona.

3.- Establecimiento a cargo de D. Abdelmalek Haddad y a favor de su hijo,  de una pensión de alimentos de 250 euros al mes, periódicamente actualizable según los incrementos que experimente el IPC publicado por el INE u organismo que lo sustituya, a pagar por D. Abdelmalek en los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que Dña. Isabel fije al efecto.

4.- Los gastos extraordinarios del menor Ismael aprobados de común acuerdo o por resolución judicial en caso de discrepancia, salvo aquellos que sean urgentes, serán abonados al 50 % entre ambos progenitores.

No procede expresa imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoseles saber que frente a la misma puede interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de 20 DÍAS desde su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma, Dña. Clara Rodríguez Nieto, Juez del Juzgado de Instrucción  nº 2 de Manacor.

Y encontrándose dicho demandado, ABDELMALEK HADDAD, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

MANACOR a  cinco de  Mayo de dos mil catorce.

EL SECRETARIO JUDICIAL,