Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 8577
Notificación de resolución de recurso de alzada de expediente sancionador en materia de calidad agroalimentaria nº FA 131/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando las personas interesadas en un procedimiento sean desconocidas, se ignore el lugar de notificación o el medio, o no se haya podido efectuar la notificación, se tiene que hacer mediante la publicación en el boletín oficial correspondiente.

Por esto, se notifica a las personas interesadas la Resolución de 11 de abril de 2014 mediante la cual se desestima el recurso de alzada que se interpuso en fecha 15 de octubre de 2013  contra la Resolución de la directora general de Medio Rural y Marino de 2 de septiembre de 2013 en el expediente administrativo sancionador en materia de calidad agroalimentaria.

Así mismo se les hace saber que, contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente a la publicación de este Edicto, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso administrativa.

Si no se formula el recurso en el plazo previsto, el importe de la sanción deberá hacerse efectiva en el período voluntario establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, en los plazos siguientes:

a) Si la Resolución se notifica entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de  la notificación hasta el día 20 del mes posterior  o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la Resolución se notifica entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

El pago del importe de la sanción deberá efectuarse a nombre de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, y efectuarlo mediante el documento unificado de ingreso (DUI) en cualquiera de las entidades bancarias relacionadas a continuación: Caja de Ahorros y Monte de Piedad “Sa Nostra”, Caixa de Pensiones “La Caixa”, Banca March, Banco de Crédito Balear y Banco Bilbao- Vizcaya.

Una vez efectuado el ingreso deberá comunicarse a esta Consejería remitiendo fotocopia del documento de ingreso diligenciado por el banco al Servicio Jurídico de Agricultura de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en C/Reina Constança, 4 - 07006 Palma.

Nº Expediente FA 131/12

Persona responsable: (datos personales ocultos)

Normativa infringida: ARTS. 18 Y 31.1.F)  DE LA LEY 24/2003, DE 10 DE JULIO, DE LA VIÑA Y EL VINO

Sanción: 2.001€

 

Palma, 12 de mayo de 2014

 

La Secretaria General

Ana Martínez Cañellas