Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 8455
Juicio de faltas nº 1140/2013
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a VIOREL DUMITRU la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor siguiente:
“S E N T E N C I A nº 168/2014
En PALMA DE MALLORCA a DIEZ de Abril de dos mil catorce. D./Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 1140/2013, seguida por una falta de FALTA de DAÑOS contra VIOREL DUMITRU, habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal en la persona de la Ilmo. Sr. Ladislao Roig. Y FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a VIOREL DUMITRU como autor responsable de una falta de DAÑOS a la pena de un mes de multa a razón de 3 euros por día, así como a la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas; y al pago de las costas procesales. Asimismo deberá indemnizar a Pedro Jorge Llabres Pocovi en 370€. La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación. Expídase testimonio para unión a autos y archívese el original en el libro de sentencias. Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.”
En PALMA DE MALLORCA a 28 de Abril de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL