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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8458
Juicio de faltas nº 1018/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica a ANGEL ROBLAS BELLIDO, la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

“SENTENCIA   nº 6/2014 

En Palma de Mallorca, a nueve de enero de dos mil catorce. Vistos por mí, Doña Isabel María Chico Molina, Juez en Prácticas, bajo la supervisión Doña María del Carmen Abrines Marti, Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción número 10 de Palma de Mallorca, los presentes autos seguidos con el número arriba indicado por una presunta falta de desobediencia a los agentes de la autoridad en los que intervienen como denunciantes los Agentes de la Guardia Civil con número de identificación profesional B52114Q y G39703A y como denunciado Don Ángel Roblas Bellido. En el presente procedimiento ha intervenido el Ministerio Fiscal en la persona de Doña Pilar Dorrego De Carlos. Y FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Ángel Roblas Bellido como autor de una falta de ofensas leves a los Agentes de la Autoridad  a la pena de 10 días de multa a razón de 2  euros por día, así como a la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas. Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de cinco días y del que conocerá la Audiencia Provincial. Expídase testimonio  para unión a autos  y archívese el original en el libro de sentencias. Así lo acuerdo y firmo, María del Carmen Abrines Marti, asumiendo el Proyecto de Resolución elaborado por la Juez en Prácticas Isabel María Chico Molina.”

En PALMA DE MALLORCA a 30 de Abril de 2014.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL