Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Núm. 8500
Resolución del Vicepresidente y Consejero de Presidencia de 9 de abril de 2014 mediante la cual se autoriza la cesión gratuita de la motocicleta Honda Dylan 125 cc con matrícula 8143FSM a la sociedad mercantil pública Multimedia de las Illes Balears, SA
Hechos
El 14 de abril de 2012 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 13 de abril de 2012, mediante el cual se aprobaba la primera fase del proyecto de reestructuración del sector público instrumental.
Posteriormente, la Comisión de Análisis y Propuesta de Reestructuración del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en la sesión de 30 de abril de 2013, aprobó la propuesta de incluir nuevas actuaciones, una de las cuales consistía en la extinción de la Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Illes Balears, y acordó elevarla al Consejo de Gobierno, quien la aprobó en la sesión de 10 de mayo de 2013.
Finalmente, el Consejo de Gobierno aprobó el Decreto 59/2013, de 20 de diciembre, de extinción de la Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Illes Balears publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears núm. 176, de 21 de diciembre del mismo año.
El artículo 1 del Decreto 59/2013 prevé que la Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Illes Balears está adscrita a la consejería competente en materia de cooperación al desarrollo y emigración (Vicepresidencia y Consejería de Presidencia).
De otra parte, el artículo 2 prevé que los bienes de la Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Illes Balears pasarán a formar parte del patrimonio de la Administración de la Comunidad Autónoma.
La Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Illes Balears, de acuerdo con las bases consultadas, era titular de una motocicleta Honda Dylan 125 cc con matrícula 8143FSM, la cual a raíz del Decreto mencionado pasa a formar parte del patrimonio de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Para el ejercicio de sus funciones y competencias, la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia no necesita la mencionada motocicleta.
Fundamentos jurídicos
1. El artículo 72.2 de la Lley 6/2001, de 11 de abril, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El artículo 142 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, aprobado por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre).
3. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
4. El Decreto 15/2013, de 7 de junio (BOIB núm. 82, de 8 de junio), por el cual se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
5. El Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
Por todo lo anterior, visto el informe y la propuesta de resolución, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
Ceder gratuitamente la motocicleta Honda Dylan 125 cc, con matrícula 8143 FSM, por transmisión de los bienes de la extinta Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Illes Balears, a la sociedad mercantil pública Multimedia de las Illes Balears, SA.
Autorizar a Multimedia de las Illes Balears, SA para que tramite el cambio de titularidad de la motocicleta. Una vez efectuado, se dará conocimiento a la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio.
Notificar esta resolución a la entidad interesada.
Anotar la cesión gratuita en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Interposición de resursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer una recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente y Consejero de Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 9 de abril de 2014
El Vicepresidente y Consejero de Presidencia
Antonio Gómez Pérez