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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 8251
Salarios tramitación cargo Estado 1392/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento SALARIOS TRAMIT. CARGO ESTADO 0001392/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª  PALMA DE MALLORCA AQUARIUM SA contra la empresa ADMINISTRACION DEL ESTADO ADMINISTRACION DEL ESTADO, ALISON ALIGOWABA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA N° 150

 En la ciudad de Palma de Mallorca a  veintitres de abril de dos mil catorce.

VISTO  por mi  D.  Ricardo Martín Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Palma de Mallorca, el presente Juicio seguido a instancia de la empresa Palma de Mallorca Acuarium S.A. representada por D. Juan Manuel Albis Morell asistido del Letrado D. Luis Rodriguez Herrero contra la Administración  General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado así como contra D. Alison Aligowaiba sobre reclamación al Estado del pago de salarios de tramitación. 

FALLO 

QUE ESTIMANDO EN PARTE LA DEMANDA interpuesta por la empresa Palma de Mallorca Acuarium S.A. contra la Administración  General del Estado debo condenar y condeno al Estado a abonar a la empresa demandante la cantidad de 2.036,38 € en concepto de salarios de tramitación, así como la cantidad de 722,13 € en concepto de cuotas de Seguridad Social absolviendo al trabajador D. Alison Aligowaiba de los pedimentos  contenidos en el escrito de demanda.

Notifíquese  la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que deberá anunciarse dentro de los CINCO días siguientes a la notificación de la presente resolución, haciendo al propio tiempo nombramiento de Letrado.

Todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social intente entablar el recurso de Suplicación consignará como depósito la cantidad de 300 euros en el Banco  Español de Crédito (BANESTO) en la cuenta “Depósitos y consignaciones del Juzgado de lo Social nº 4 de Palma de Mallorca. El recurrente deberá hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso.     

De no anunciarse el recurso contra la presente, firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente..  

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. 

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALISON ALIGOWABA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En PALMA DE MALLORCA, a dos de Mayo de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL