Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 8311
Notificación de Resolución por la que se inscribe el inicio de actividad turística de establecimientos de alojamiento turístico en el Registro Insular de Empresas,Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Islas Baleares, de la vivienda denominada Can Pedro,con número de registro ET/2008, sita en polígono 45 parcela 197,carretera Manacor, km. 11,5 de Son Gual,T.M. de Palma
Dado que no ha sido posible la notificación de las resoluciones y de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, mediante este anuncio se notifica a las personas físicas o jurídicas interesadas, que se ha dictado resolución por la que se inscribe el inicio de actividad turística del establecimiento que se indica a continuación:
N º. exp. : 126/2012/ET
Nombre comercial: CAN PEDRO
N º. de registro: 2008/ET
Dirección establecimiento : Polígono 45 parcela 197 – Carretera Manacor, km. 11,5 Son Gual, T.M. de Palma.
Clasificación: estancia turística en vivienda
Unidades: 6
Plazas: 11
Propietario y Explotador: Peter Owen Anderton NIE: X9793393Q
Fundamentos de derecho
1. Decreto 13 /2011, de 25 de febrero, por el que se establecen las disposiciones generales necesarias para facilitar la libertad de establecimiento y prestación de servicios turísticos.
2. La ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. La Ley 8 /2012, de 19 de julio, de Turismo de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común , y el artículo 57 de la Ley 3 /2003, de 26 de marzo , de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con la artículo 46 de la Ley 29/1998 , de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción.
Palma, 15 de abril de 2014
La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística
Margarita Sendín Rebassa
Palma de Mallorca 23 de abril de 2014
Conforme con la propuesta. Dicto resolución
La directora general de Turismo