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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 8183
Decreto núm. 04/2014 sobre recogida de un animal abandonado en el Centro de Protección Animal del municipio de Eivissa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

No habiéndose podido notificar al propietario del perro identificado con transponder 938000000292827 por no estar registrado en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de las Islas Baleares, se publica el decreto de fecha 8 de abril de 2014, conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del tenor literal siguiente:

“Identificación del expediente

Decreto número 04/2014, sobre recogida de un animal abandonado en el Centro de Protección Animal.

Hechos

Dado que el dia 01-04-2014 ingresó en las dependencias del Centro de Protección Animal un animal de raza   CRUCE DE CANICHE identificado con transponder núm. 938000000292827.

Dado que no consta registrado en el  Registro de Identificación de Animales de Compañía de las Islas Baleares.

Dado que  no se ha podido contactar con la persona propietaria.

Mediante la presente y de conformidad a lo previsto en el Decreto 56/1994, de 13 de mayo, modificado por Decret 98/2006, de 24 de noviembre, que aprueba el Reglamento para el desarrollo y aplicación de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano RESUELVO:

PRIMERO.- Informar a la persona propietaria del animal abandonado:

- Que dispone de ocho dias hábiles, desde la fecha de recepción de esta resolución, para recuperar el animal abandonado, de conformidad con el articulo 69.3 del Decreto 56/1994, de 13 de mayo, modificado por el Decreto 98/2006, de 24 de noviembre, que aprueba el Reglamento para el desarrollo y aplicación de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano.

- Que habrá de hacerse cargo de los gastos originados por el mantenimiento del animal, previamente a la recuperación, de acuerdo con el artículo 69.4 del Decreto 56/1994, de 13 de mayo, modificado por el Decreto 98/2006, de 24 de noviembre, que aprueba el Reglamento para el desarrollo y aplicación de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano.

- Que transcurrido este plazo, el animal podrá ser cedido a terceras personas.

SEGUNDO.-  Notificar esta resolución a la persona interesada.”

La anterior resolución pone fin a la via administrativa, contra la cual se puede interponer: Recurso Potestativo de Reposición ante Alcaldia de este Ayuntamiento durante el plazo de un mes contado desde el dia siguiente a la notificación del presente acuerdo; o bien, directamente Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses, contados desde el dia siguiente a la notificació de este acuerdo.

Eivissa, 29 de abril de 2014

El Concejal Delegado
Juan Mayans Cruz