Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 7430
Procedimiento ordinario 1138/2012 sección A sobre otras materias
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
SENTENCIANº: 00041/2014
En la ciudad de Palma de Mallorca, a 19 de marzo de dos mil catorce.
Guillermo Royo García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Palma de Mallorca y su partido judicial, ha visto los presentes autos civiles de procedimiento ordinario en ejercicio de acción sobre reclamación de cantidad, autos seguidos en este Juzgado con el número 1138/2012, a instancias de la entidad “EURORESA ILLES, S.L.”, representado por el Procurador Don Alejandro Silvestre Benedicto y dirigida por el Letrado Don José María Castilla Martínez, contra la entidad “UTE CONSESTELRICH- RAFAEL TRUCO”, la entidad “RAFAEL TRUCO, S.L.”, representada por la Procuradora Doña Marta Font Jaume y dirigida por el Letrado Don Bartolomé Domenge y la entidad “CONSESTELRICH, S.L.”, representada por la Procuradora Doña Fernanda de España Fortuny y dirigida por el Letrado Don Javier Gutiérrez Bernal.
FALLO
Se ESTIMA ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la entidad “EURORESA ILLES, S.L.”, representada por el Procurador Don Alejandro Silvestre Benedicto, contra la entidad “UTE CONSESTELRICH- RAFAEL TRUCO”, declarada en rebeldía procesal, la entidad “RAFAEL TRUCO, S.L.”, representada por la Procuradora Doña Marta Font Jaume y la entidad “CONSESTELRICH, S.L.”, representada por la Procuradora Doña Fernanda de España Fortuny, y, en su virtud, se adoptan los siguientes pronunciamientos:
a) Se CONDENA a los demandados de forma solidaria a abonar a la entidad actora la cantidad de 18.778,92 euros con el interés legal desde la fecha de la reclamación judicial, así como al pago de las costas del procedimiento.
Recurso. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación que deberá INTERPONERSE ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en el plazo de VEINTE DÍAS a contar desde el siguiente al de su notificación. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. (Artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, tras la reforma operada por Ley 37/2011 de 10 de octubre)
Y como consecuencia del ignorado paradero de UTE CONSESTELRICH SL - RAFEL TRUCO SL, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de Marzo de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL