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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 8062
Aprobación provisional de la Modificación puntual nº 3 de las Normas Subsidiarias
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Aprobación provisional de la Modificación puntual nº 3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, consistente en la introducción de un plano que regula las alturas del casco antiguo con calificación urbanística CA-1 y, la modificación de la normativa que afecta al apartado “número de plantas” de la ficha 01 del Anexo II de las NN.SS.
El Pleno del Ayuntamiento de Alcudia reunido en sesión ordinaria el 28 de Abril de 2014, con el voto favorable de la mayoría absoluta legal, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.- Desestimar los apartados 1 y 2 de la alegación R.E. nº 9383 de 20.12.13 del señor Antoni Viver Salas.
Segundo.- Estimar la alegación de la Sra. Margarita Reynés Martorell (R.E. nº 9382 de 20.12.13), y también el apartado 3 de la alegación R.E. núm. 9383 de 20.12.13 del señor Antoni Viver Salas.
Tercero.- Aprobar provisionalmente la Modificación Puntual nº 3 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal, consistente en la introducción de un plano que regula las alturas del casco antiguo con calificación urbanística CA-1, dejando sin efectos la normativa que afecta al apartado "número de plantas" de la ficha 01 del Anexo II de las NN.SS., según la nueva documentación -Abril 2013- redactada por los servicios Técnicos Municipales.
Cuarto.- Remitir el expediente a la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Consell de Mallorca para su aprobación definitiva.
Quinto.- De conformidad con el apartado 3 del artículo 7 bis de la Ley 4 /2008, de 14 de mayo, de Medidas Urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Islas Baleares, en relación con el apartado 5 c) de este artículo, la aprobación provisional determina la prórroga de la suspensión durante un año o hasta la aprobación definitiva de la tramitación y otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en el ámbito correspondiente a la Modificación.
Sexto.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los periódicos de mayor difusión de la Isla, en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento.
Séptimo.- Dar traslado de este acuerdo a las administraciones, cuyo patrimonio pueda resultar afectado, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, y la disposición adicional 2 ª del R.D.L. 2/2008, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo.
Octavo.- Dar traslado asimismo de este acuerdo a las personas que han presentado alegaciones.
Alcudia, 30 de abril de 2014.
El Concejal Delegado de Urbanismo,
Martí Ferrer Totxo