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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 8051
Propuesta de resolución del director general de Relaciones Institucionales y Acción Exterior de aprobación de las tarifas de personal, aplicables a partir de día 8 de abril de 2014, a las encomiendas de gestión al consorcio Centre Balears Europa

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Texto

Hechos

El consorcio Centre Balears Europa, con el objeto de estandarizar el coste de los servicios que prestará durante el año 2014, propuesta establecer unas tarifas de personal aplicables a partir de día  8 de abril de 2014, vinculadas a los servicios que puede prestar mediante encomiendas de gestión a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, al resto de entes integrantes del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma i a les instituciones miembros del Centre.

Fundamentos de derecho

1. Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público.

2. Decreto 147/2000, de 10 de noviembre, sobre contratación de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y, en particular, el artículo 9 del Decreto mencionado.

3. Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 13 de enero de 2012, por el cual se autoriza la modificación y adaptación de los Estatutos del Centro Baleares Europa a la Ley 7/2010, de 21 de julios, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4. El articulo 5 punto 1 del Estatuto, “Carácter de medio propio”,  dispone que, de acuerdo con el que establece el artículo 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contractos del sector público, el Centre tiene el carácter de medio propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y del resto de entes de derecho público o derecho privado integrados en el sector público instrumental de la Comunidad Autónoma que, de acuerdo con la Ley 30/2007, deban ser considerados poderes adjudicatarios. Del mismo modo, el Centre tiene el carácter de medio propio del resto de instituciones del Centre, a los que hacen referencias los artículos 10.1 yi 10.4 de estos Estatutos.

5. Por lo que se refiere al punto 2 del artículo 5 de los Estatutos, a tal efecto, la Administración de la Comunidad Autónoma o cualquiera de las administraciones o entidades miembros referidos en el artículo 10 de estos Estatutos, pueden encargar al Centre la ejecución re las actuaciones materiales relacionadas con los objetivos o finalidades que contienes el artículo 7, sin que, por su parte, el Centre pueda participar en ninguna licitación de contratación pública establecida por estas administraciones o entidades. La contraprestación a favor del Centre por razones de encomiendas de gestión que reciba de estos poderes adjudicadores se tiene que ajustar a las tarifas que apruebe la Administración Autonómica, las cuales se calcularán según los costes reales imputables a la ejecución de los proyectos, teniendo en cuenta especialmente la información que aporte el Centre a dicho efecto. En todo caso, las tarifas aplicables de cada encomienda se deberán aprobar con anterioridad a la formalización de los actos o acuerdos que contengan los encargos de gestión mediante una resolución de la persona titular de la consejería de adscripción del Centre.

Propuesta de resolución

Propongo al vicepresidente y consejero de Presidencia que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Aprobar les tarifas que se aplicarán a las encomiendas de gestión que se realicen en el  Centre Balears Europa para la prestación de servicios, a partir del 8 de abril de 2014.

2. Las tarifas mencionadas incluyen los costes directos e indirectos imputables, a los que se deberá añadir, si procede, el impuesto sobre el valor añadido vigente. En cuanto a los costes indirectos correspondientes a la gestión administrativa de las encomiendas de gestión, se calcularán aplicando un porcentaje del diez por ciento a los costes directos.

Estas tarifas deberán aplicarse en función de las horas de trabajo efectivo de los recursos humanos que se asignen para la ejecución de las encomiendas, en los términos que se indican en el único anexo de esta resolución.

3. Comunicar esta resolución al consorcio Centre Balears Europa a efectos de que se apliquen las tarifas en la fijación de la contraprestación a favor del Centre y de que se haga constar en los actos o acuerdos mediante los cuales se formalizan las encomiendas de gestión.

Palma a 7 de abril de 2014

El director general de Relaciones Institucionales y Acción Exterior
César Nuño Pacheco Cifuentes    

Conforme con la propuesta. Dicto resolución.
El vicepresidente y consejero de Presidencia
Antonio Gómez Pérez       

 

ANNEXO
TARIFAS DE PERSONAL PARA LAS ENCOMIENDAS DE GESTIÓN DE 2014

Sueldo bruto anual

Seguridad Social

Subtotal costes directos

Costes administrativos indirectos

Total coste efectivo

Coste hora efectivo

Servicio de soporte técnico y operativo en el diseño de la factura electrónica en el ámbito de la UE

56.881,05 €

12.352,08 €

69.233,13 €

6.923,31 €

76.156,44 €

47,01 €

Servicio de soporte técnico, operativo y logístico en actividades de naturaleza protocolaria relacionadas con el ámbito de la UE

38.173,84 €

12.107,76 €

50.281,60 €

5.028,16 €

55.309,76 €

34,14 €

Servicio de estadística europea

21.620,03 €

6.961,08 €

28.581,11 €

2.858,11 €

31.439,22 €

19,41 €

Servicio de Fondos Feder

30.574,35 €

9.548,40 €

40.122,75 €

4.012,28 €

44.135,03 €

27,24 €