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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 8038
Propuesta al Pleno de las actuaciones solicitadas por el GEIBSAU para la realización de las obras de adecuación de las instalaciones del edificio 103 del acuartelamiento de sa Coma para la instalación de un Centro de Emergencias en la isla de Eivissa

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Texto

Vista la solicitud de fecha 1 de abril de 2014 con RGE núm.42585 de fecha 3 de abril de solicitud de autorización de realizar las obras de adecuación de las instalaciones del edificio 103 concesionado a Gestió d’Emergències de les illes Balears,S.A.U ( GEIBSAU)

Vista la providencia de inicio de tramitación del expediente de fecha 3 de abril de 2014.

Vista la Ley 7/2012 de data 13 de junio de medidas urgentes de ordenación urbanística sostenible, la cual en su Disposición adicional undécima, artículo 1.3 establece que ”la concreción de los proyectos a ejecutar en este ámbito será acordada por el Pleno del Consejo Insular de Eivissa, oído el Consejo de Alcaldes de Eivissa y previo informe favorable del/los ayuntamiento/s en el ámbito territorial del/s cual/cuales se sitúen los correspondientes proyectos, por lo que hace a las actuaciones a realizar en su respectivo termino municipal ...”

Visto el informe de la funcionaria encargada de incorporación de las actuaciones ya realizadas con anterioridad de fecha 3 de abril de 2014.

Visto el informe favorable del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany de fecha 15 de febrero de 2013, con RGE núm. 2905 de fecha 18 de febrero de 2013 del Consejo Insular de Eivissa, del literal siguiente,

“ASUNTO: SOLICITUD DE ESPACIO PARA CUSTODIAR BARRERAS DE CONTENCIÓN DE CONTAMINACIÓN MARINA EN EL ANTIGUO ACUARTELAMIENTO E INSTALACIONES DE SA COMA

PETICIONARIO: Delegación Municipal de Urbanismo y Actividades.

PROMOTOR: CONSELL INSULAR-DEPARTAMENT DE TERRITORI

OBJETO: ALMACENAR BARRERAS DE CONTAMINACIÓN MARINA EN EL ANTIGUO ACUARTELAMIENTO E INSTALACIONES DE SA COMA

Exp.nº:308/2013.

INFORME:

I.- ANTECEDENTES:

Examinada la solicitud presentada por el CONSELL INSULAR D’EIVISSA-DEPARTAMENT DE TERRITORI con registro de entrada nº 0892, de fecha 22 de Enero de 2013, Instando autorización y reserva de un espacio para “salvaguarda y custodia de barreras de contención frente a la contaminación marina” en el antiguo acuartelamiento e instalaciones de sa Coma, el técnico que suscribe

HACE CONSTAR:

1.- La solicitud única y exclusiva pretende reservar y disponer de un espacio físico para deposito o consigna provisional de unas barreras empleadas protección contra la contaminación marina.

2.- Se deduce que por el hecho de acceder a la petición formulada:

- NO implica usos/actividades susceptibles de incluirse en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2006, de 17 de octubre, de Régimen jurídico de las licencias intetgradas de actividad de las Illes Balears.

- NO se pretende ejercer ninguna actividad propiamente dicha, según definición descrita en el art 4.1 de la citada ley 16/2006.

<<<art.4.1 de la Ley 16/2006:

Actividad: conjunto de operaciones y trabajos de carácter industrial, comercial, profesional o de servicios, que se ejerce o explota en un centro, espacio acotado o establecimiento. En todo caso, debe distinguirse la primera instalación de los traslados a otros locales lo que implicará una nueva tramitación de licencia>>>.

- Si bien anteriormente surgieron conflictos legales (1) entre ambas Administraciones (aún hay pleitos vivos en el TC y en el TSJB) que podían afectar a la autonomía municipal, también es cierto que posteriormente se restituía la misma al modificarse los preceptos legales que dieron origen a las discrepancias (2).

3.- Es criterio del técnico que suscribe que respetando el contenido de la solicitud, el uso que se pretende y que se describe claramente como de mera custodia de bienes/equipos, NO incumpliría el planeamiento urbanístico municipal ni la normativa vigente en materia de actividades.

II.- CONCLUSIÓN:

Por lo anteriormente expuesto, SE INFORMA FAVORABLEMENTE que se acceda a la solicitud que formula el CONSELL INSULAR D’¡EIVISSA-DEPARTAMENT DE TERRITORI( ERGE 0892, de 22 de Enero de 2013).

No obstante se eleva a superior criterio de la Delegación de Urbanismo y Actividades a efectos de resolución definitiva.

Sant Antoni de Portmany.

(1).- Ley 16/2010, de 27 de julio, de medidas urgentes relativas a determinadas Infraestructuras y equipamientos de interés general, materia de ordenación territorial, urbanismo y de impulso a la inversión.

(2).- Ley 7/2012, de medidas urgentes de ordenación urbanística sostenible, cuya DA2ª modifica la Norma anterior.”

Visto el acuerdo del Consejo de Alcaldes de fecha 12 de abril de 2013, del literal siguiente,

“Vistas las solicitudes de la dirección general de Interior, Emergencias i Justicia para guardar material para la lucha contra la contaminación marítima y para la instalación al edificio 103 de sa Coma la unidad operativa del 112 para gestionar emergencias de gran magnitud en Eivissa.

Vista la Ley 7/2012 de fecha 13 de junio de medidas urgentes de ordenación urbanística sostenible, en la que en su Disposición adicional undécima, artículo 1.3 establece que ”la concreción de los proyectes a ejecutar en este ámbito será acordada por el pleno del Consejo Insular de Eivissa, oído el Consejo de Alcaldes de Eivissa y previo informe favorable del/los ayuntamiento/s en el ámbito territorial del/s cual/cuales se sitúen los correspondientes proyectos, por lo que hace a las actuaciones a realizar en su respectivo termino municipal ...”

Visto el informe favorable del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany de fecha 15 de febrero de 2013, con RGE núm. 2905 de fecha 18 de febrero de 2013 del Consejo Insular de Eivissa.

Esta presidencia PROPONE AL CONSEJO DE ALCALDES,

Primero.- Tomar en consideración el informe favorable del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, que se adjunta como anexo de esta propuesta.

Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo al Consejo Insular de Eivissa, para que se de cumplimiento a aquello previsto en la Disposición Adicional undécima, apartado 1.3 de la Ley 7/2012 de 13 junio de medidas urgentes de ordenación urbanística sostenible.”

I, para que así conste y a los efectos oportunos, expido y firmo esta certificación, con la advertencia y reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, en Eivissa, 15 de abril de 2013.”

Visto el informe emitido por el Arquitecto de la Corporación de fecha 7 de abril de 2014. Del literal siguiente:

Ateniendo la solicitud realizada por el vicepresidente primero y consejero ejecutivo del Departamento de Territorio en la que se solicita la emisión de informe técnico al respecto del estudio presentado por la entidad Gestió d’Emergències de les Illes Balears para el acondicionamiento de las instalaciones del edificio 103 del acuartelamiento de sa Coma y, vista la propuesta realizada de la que se adjunta una copia, el técnico que suscribe no ve inconveniente en que se ejecute la instalación prevista. No obstante se deja constancia de que:

- Será responsabilidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears legalizar la actividad en este espacio.

- Será responsabilidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears la obtención de cualquier licencia de obra o de instalaciones que de acuerdo a la normativa vigente sea exigible.

- Las instalaciones previstas serán ejecutadas y legalizadas por empresas instaladoras convenientemente autorizadas.”

Visto el informe propuesta de la funcionaria encargada con el visto i conforme de la secretaria técnica del Área de Presidencia de fecha 8 de abril de 2014.

Sobre todo lo anterior, este vicepresidente primero y consejero ejecutivo del departamento de territorio en uso de las facultades que tiene conferidas PROPONE AL PLENO, conforme al artículo 1.3 de la Ley 10/2010 de 27 de julio, lo siguiente

Primero.- Aprobar las actuaciones solicitadas por el GEIBSAU, de acuerdo con la solicitud efectuada, para la realización de las obras de adecuación de las instalaciones del edificio 103 del acuartelamiento de sa Coma para la instalación de un Centro de Emergencias en la isla de Eivissa.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo al GEIBSAU, todo señalando que corresponde al Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany “competente en razón del territorio por ubicarse el edificio en el término municipal de este Ayuntamiento” la concesión de las autorizaciones administrativas que resulten necesarias en orden de la ejecución del mencionado proyecto.

Tercero.- Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Santa Eulalia des Riu y al Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.

Cuarto.- Publicar al BOIB, a los efectos de generar conocimiento.

Eivissa, 5 de mayo de 2014

La secretaria técnica del Área de Presidencia
Rebeca Miguel Climent