Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE INCA

Núm. 7394
Divorcio contencioso 632/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D./Dª. EDUARDO PAREDES SIMON, Secretario/a Judicial, del JDO.1A.INSTANCIA N.4 de INCA, por el presente, 

A N U N C I O: 

En el presente procedimiento seguido a instancia de IRANZU ECHEANDIA GALLARRETA frente a FERMIN GERMAN TAPANES ZERQUERA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

S ENTENCIA  Nº 100/13           

En Inca, a 17 de junio de 2013. 

Vistos por Dª. Elsa García Pañella, Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Inca, los presentes autos de divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con nº 632/11 a instancia de Dª. IRANZU ECHEANDIA GALLARRETA, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Catalina Amengual Pons y defendida por el Letrado D. Vicente Autonell Aebi contra D. FERMIN GERMAN TAPANES ZERQUERA, en situación de rebeldía procesal, dicta la presente resolución en base a los siguientes hechos y fundamentos.

FALLO 

SE ESTIMA íntegramente la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Catalina Amengual Pons, en nombre y representación de Dª. IRANZU ECHEANDIA GALLARRETA y DEBO DECLARAR Y DECLARO disuelto por divorcio el matrimonio celebrado el día 17 de enero de 2003 entre Dª. IRANZU ECHEANDIA GALLARRETA y D. FERMIN GERMAN TAPANES ZERQUERA.

 Sin especial pronunciamiento sobre costas. 

Notifíquese la presente resolución a las partes. 

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquélla. 

Y encontrándose dicho demandado, FERMIN GERMAN TAPANES ZERQUERA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo. 

INCA a veintiocho de Febrero de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,