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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 7969
Aprobación inicial del Reglamento municipal del servicio público de viajeros en automóviles de turismo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Capdepera, en la sesión ordinaria celebrada día 3 d’abril de 2014, acordó:

1.- Aprobar inicialmente la modificación de los siguientes articulos del Reglamento municipal del servicio público de viajeros en automóviles de turismo, que quedaran redactados de la siguiente manera:

Art. 8, apartado d):

“Cuando la licencia tenga una antigüedad superior a 5 años, el titular podrá transmitirla, previa autorización del Ayuntamiento de Capdepera, al conductor asalariado de la propia licencia con permiso de conducir y ejerciendo la profesión durante al menos 1 año en la misma licencia, pudiéndose justificar mediante la última nómina.

Art. 16, punto 1º, párrafo 1º, en el apartado siguiente:

“ Capdepera 2 taxis para los miercoles de mercado en la plaza Constitució”.

Art. 16, punt 1º párrafo 4º, apartado A):

“Llamando a la centralita del servicio de Taxis del Ayuntamiento de Capdepera, 971. 82.69.69”

Art. 16, punt 6º, apartat 5º:

“Cuando un establecimiento hotelero no cumpla con las obligaciones de llamar al teléfono de Taxis de Capdepera: el 971.82.69.69.

2.- Exponer al público el expediente, con el anuncio previo en el BOIB, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, durante un plazo de 30 días para que se puedan presentar reclamaciones, objeciones u  observaciones.

3.- Esta aprobación inicial se convertirá en definitiva, de forma automática, sin necesidad de un nuevo acuerdo expreso si, un vez transcurrido el mencionado plazo de exposición no se interponen reclamaciones o sugerencias.

4.- Esta modificación del Reglamento mencionado entrará en vigor una vez que se haya publicado su texto íntegramente en el BOIB y haya transcurrido el plazo que dispone el art. 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal i de régimen local de las Islas Baleares en  relación al articulo 113 de la misma Ley.

Capdepera, 23 de abril de 2014

El Alcalde
Rafel Fernández Mallol