Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE MANACOR
Núm. 7131
Juicio Verbal (Desahucio precario) 902/2013 sobre otras materias
Dª. EMILIANA PEREZ GARCIA, Secretaria Judicial, del JDO.1A.INSTANCIA N.5 de MANACOR, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento JUICIO VERBAL DE DESAHUCIO POR PRECARIO seguido a instancia de MARGARITA ANDREU RAMON frente a JOSE VICENTE BAUSET MARTI, MARIA TERESA GARCIA HERNANDEZ, ESTEFANIA GARCIA HERNANDEZ, RAUL ORTIZ TINOCO se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
ESTIMO la demanda interpuesta por MARGARITA ANDREU RAMON contra MARÍA TERESA y ESTEFANÍA GARCÍA HERNÁNDEZ, JOSÉ VICENTE BAUSET MARTÍ y RAÚL ORTIZ TINOCO y, en consecuencia, declaro haber lugar al desahucio por precario de los mismos respecto la finca sita en calle Roca d’en Boira, 37, planta baja, de Felanitx, condenando a los demandados a desalojar dicho inmueble firme que sea esta sentencia, dejándolo libre y expedito a disposición de la demandante, apercibiéndolos de lanzamiento en caso contrario, que tendrá lugar en el plazo legal.
Las costas de este procedimiento se imponen a los demandados.
NOTIFÍQUESE a las partes esta resolución, haciéndoles saber que no es firme y que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de 20 días, contados desde el siguiente al de su notificación. Asimismo, apercíbaseles que, de conformidad con la disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, no se admitirá a trámite dicho recurso sin la previa constitución de un depósito de cincuenta euros (50€) en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, número 5132 0000 22 0902 13 del Banco Santander, haciendo constar como concepto el código 02, salvo que el recurrente fuera el Ministerio Fiscal o beneficiario de la asistencia jurídica gratuita.
Así lo acuerdo, mando y firmo.
Y encontrándose los demandados, JOSE VICENTE BAUSET MARTI, MARIA TERESA GARCIA HERNANDEZ, ESTEFANIA GARCIA HERNANDEZ, RAUL ORTIZ TINOCO, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
MANACOR a tres de Abril de dos mil catorce.
LA SECRETARIA JUDICIAL,