Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 7536
Disciplina DO-2009/74 Acuerdo exec subsidiària
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a Crescencio Martín Najarro i Mercedes Pérez Martínez, exp.núm. DO-2009/74, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Crescencio Martín Najarro, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Le notifico que, por acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de fecha 02/25/14, se ha dispuesto lo siguiente:
Considerando el acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de 2.09.2010, por lo que se ordenó al / los propietario / s del inmueble situado en la calle Cap de Formentor 7 ex. 1 5 ( RC 07236101022 ) la retirada / demolición de las obras realizadas sin licencia municipal, consistentes en " Ampliación realizada con bloques de hormigón sobre la terraza de la vivienda ( 2.50 m . De superficie y 2.20 m de altura, ventana de cristal, puerta de aluminio y cubierta de poliéster " obras no amparadas en la licencia CS 2009/196 ", de acuerdo con el art. 26, 67 y 68 LDU (exp. DO 2009/74 ) ; con apercibimiento a la propiedad que en caso de incumplimiento se iniciará expediente de ejecución subsidiaria de las obras reiteradas, pidiendo presupuesto a la empresa concesionaria de las ejecuciones subsidiarias del Ayuntamiento, actualmente Contratas Bartolomé Ramón SA, siendo a cargo de la propiedad todos los gastos que se producen desde ese momento .
Visto el informe del celador municipal de fecha 3.05.2013 al que se constata el incumplimiento de la orden de retirada / demolición.
Dado el oficio 07/19/2013, por lo que se solicita a Contratas Bartolomé Ramón SA presupuesto para llevar a cabo la ejecución subsidiaria de las obras.
Dado que en fecha 20/09/2013 Contratas Bartolomé Ramón SA presenta presupuesto para la ejecución de estas obras, presupuesto que recibe en fecha 09/23/2013 el informe favorable de los servicios técnicos municipales y que se notificó a la propiedad como trámite de audiencia el 21/12/2013.
Dado que ha transcurrido el plazo concedido a la propiedad, sin que se haya formulado ninguna alegación.
Dado que en fecha 02/10/2014 no consta en el expediente el inicio de las obras.
Vistos los artículos 9 del RDL 2/2008 de 20 de junio, texto refundido de la Ley del Suelo; 26 y 65 y siguientes de la Ley 10/90, de 23 de octubre de Disciplina Urbanística de la CAIB ; 4.2- ji 12.b del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo ; 98 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, demás normativa concordante, y los artículos 172 y 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se formular la presente propuesta al Consejo de Gerencia de Urbanismo por la adopción del siguiente
Acuerdo
1. DISPONER de acuerdo con los artículos 9.1 del RDL 2/2008 de 20 de junio, texto refundido de la Ley del Suelo; 10 y 11 de la Ley 10/90, de 23 de octubre de Disciplina Urbanística de la CAIB, 98 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA del acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de 2.09.2010, y llevar a cabo la ejecución de las obras de retirada / demolición ordenadas a la propiedad en la calle Cap de Formentor 7- esc. 1, 5 º, RC 07236101022, consistentes en " Ampliación realizada con bloques de hormigón sobre la terraza de la vivienda (2'50 m2 de superficie y 2.20 m . De altura, ventana de cristal, puerta de aluminio y cubierta de poliéster. Obras NO amparadas en la licencia CS 2009/1296 " ( exp. DO 2009/ 0074)
2 º. APROBAR la documentación técnica presentada por la empresa Contratas Bartolomé Ramón SA, en fecha 09/20/2013, ya informada favorablemente por los servicios técnicos del servicio el 23/09/2013, en base a la cual se harán las obras y el presupuesto, el cual asciende a la cantidad de € 845.54 ( ochocientos cuarenta y cinco euros con cincuenta y cuatro céntimos de euro ), a reserva de la liquidación definitiva debidamente justificada por los servicios técnicos municipales .
3 º. ENCARGAR a la empresa CONTRATAS BARTOLOMÉ RAMON SA, con domicilio en c . Francisco Manuel de los Herreros, 26, 1 º, 07005 - Palma- la EJECUCIÓN de las obras ordenadas en la calle Cap de Formentor 7- esc. 1, 5 º, RC 07236101022, consistentes en " Ampliación realizada con bloques de hormigón sobre la terraza de la vivienda (2'50 m2 de superficie y 2.20 m . De altura, ventana de cristal, puerta de aluminio y cubierta de poliéster. Obras NO amparadas en la licencia CS 2009/1296 ". Las obras de demolición / retirada serán dirigidas por los técnicos particulares que designe la empresa, siendo su supervisión a cargo de los servicios técnicos municipales que designe la Gerencia de Urbanismo.
4 º. DISPONER que la cantidad que corresponde a los trabajos encargados y efectuados según el presupuesto aceptado por CONTRATAS BARTOLOMÉ RAMON SA, que es de € 845,54, se haga con cargo a la aplicación 081510022632 del presupuesto de gastos de 2014. Los efectos de justificación del coste actual de las obras, se deberán presentar informes de obra diarios.
5 º. ORDENAR de acuerdo con lo exigido por los artículos 96 y 98 de la Ley del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común El EXACCIÓN PREVIA Y CAUTELAR a la propiedad obligada Sr. Crescencio MARTÍN Najarro y Sra. MERCEDES PÉREZ MARTÍNEZ, y A RESERVA DE LA LIQUIDACIÓN DEFINITIVA, DEL COSTE EVALUADO DE LA DEMOLICIÓN. LA CANTIDAD EN PRINCIPIO EVALUADA PARA LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA es de € 854.45, IVA incluido, según presupuesto presentado por la empresa BARTOLOME RAMON SA, actualmente empresa adjudicataria del servicio de ejecución de obras por vía subsidiaria, representada por la Sra. . Francisca Alba Ramón. Los gastos que se originen por el presente encargo serán a cargo de los propietarios obligados a realizar las obras.
6 º.SOLICITAR, una vez que este acuerdo haya adquirido firmeza, de conformidad con el artículo 70 de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB y artículo 8, 5 º de la Ley 29/ 98, 13 de julio de la LRJCA, LA AUTORIZACIÓN DEL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO que sea competente DE LA ENTRADA DONDE HAYA DE vERIFICAR LA EJECUCIÓN DE LAS MENCIONADAS OBRAS.
7. NOTIFICAR la presente resolución a los interesados y a la empresa Bartolomé Ramón SA
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación del presente edicto. En este caso, no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30 /92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente que se ha interpuesto. En este caso queda abierta la vía contencioso administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. 116 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere pertinente .
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 23 de abril de 2014
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod