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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 7433
Notificación por edicto del acuerdo de Consejo Ejecutivo relativo al inicio del expediente para determinar la pérdida parcial del derecho de cobro de subvención

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo que se dispone en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se procede mediante esta publicación a la formal notificación, a la Asociación Jóvenes Jubilados des Camí de Sa Fita, que el Consejo Ejecutivo fecha 5 de marzo de 2014 ha adoptado el siguiente acuerdo:

"Primero. - Iniciar el expediente para la declaración de la pérdida parcial del derecho al cobro de la subvención concedida, en la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades orientadas a la consecución de un envejecimiento activo, año 2012, por falta de justificación del total de la subvención concedida, a las asociaciones y por los importes (diferencia entre los documentos contables "D" y"O") que se detallan:

Nº. EXP

NOMBRE ASOCIACIÓN

CIF

Declarar la pérdida

RA 20

Asociación Jóvenes Jubilados des Camí de Sa Fita

G57147936

37,00 €

Segundo. - Nombrar como instructor de este procedimiento al señor José Manuel Carrillo Martínez, secretario técnico de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes.

Tercero. - Notificar este acuerdo a las asociaciones interesadas y concederles un plazo de quince días para que alegue o presente los documentos que estime pertinentes.

Cuarto. - Notificar este acuerdo a la Intervención General del Consejo de Mallorca."

Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis ejercitar, si corresponde, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Palma, 24 de abril de 2014

El secretario general por delegación

(Decreto de día 4 de septiembre de 2012, BOIB nº. 147, de 9 de octubre)

Jeroni M. Mas Rigo