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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 7311
Notificación de embargo de bienes inmuebles exp 59/2014
En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Ibiza, contra el obligado al pago Dª ILANA STEIN con N.I.E X7906647Y, deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:
“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos el obligado al pago Dª ILANA STEIN con N.I.E X7906647Y habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
DECLARO EMBARGADOS, como propiedad del deudor, el inmueble que a continuación se describe:
FINCA REGISTRAL Nº 18569 TOMO 1706 LIBRO 175 FOLIO 94 ALTA 3.
Naturaleza de la finca: Vivienda piso con anejos.
Obra nueva terminada- Cuota de participación 1,193%. Orden 71.
Vía pública: Otros Avante
Planta: 5-F
Código Postal: 07800
SUPERFICIE: superficie construida de cincuenta y cuatro metros, treinta y cuatro decímetros cuadrados.
ENTIDAD REGISTRAL NÚMERO SETENTA Y UNO. Vivienda sita en la planta quinta de pisos, marcada con la letra F. Tiene una superficie total construida de cincuenta y cuatro metros y treinta y cuatro decímetros cuadrados incluida la superficie de terraza computada al cincuenta por cien, siendo su superficie con inclusión de su repercusión de elementos comunes de sesenta y un metros y veinte decímetros cuadrados, y está distribuida en salón comedor, cocina, baño, distribuidor, dormitorio y terraza. Linda, según se entra en la misma: fondo, vuelo sobre resto de solar no edificado; frente, pasillo común; derecha, con vivienda letra M de la misma planta; e izquierda, con vivienda letra E de la misma planta. Tiene como anejo el derecho de uso y disfrute privativo y exclusivo de una porción de azotea de cincuenta y cuatro metros y cuarenta y un decímetros cuadrados, debidamente delimitada, situada en la proyección vertical de la vivienda antes descrita, cuyos linderos son: Este, vuelo sobre resto de solar no edificado; Oeste, pasillo o zona común de la azotea ; Sur, con terraza privativa de la vivienda letra M de la planta quinta, Y Norte, con terraza privativa de la vivienda letra E de la planta quinta. También tiene como anejo la plaza de aparcamiento sita en la planta sótano 1, marcado con el número 29. Tiene una supeficie útil de diez metros y treinta y seis decímetros cuadrados, siendo su superficie con inclusión de su repercusión de elementos comunes de veintidós metros y treinta y un decímetros cuadrados. Linda, entrando en la misma: frente, zona de rodadura, fondo, muro del edificio, derecha, plaza de aparcamiento número 28, e izquierda, con hueco de escaleras y ascensor. CUOTA. Se le asigna una cuota de un entero ciento noventa y tres milésimas de entero por ciento, de la cual corresponde un entero dos milésimas de entero por ciento a la vivienda y cero enteros ciento noventa y una milésimas de entero a la plaza de aparcamiento.
IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013; Tasa Recogida Basura Inmuebles Vados ejercicio 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013.
Importe del principal de la deuda 2.962,18 €
Recargos de apremio ordinario 592,42 €
Intereses de demora 469,90 €
Presupuesto para gastos y costas del procedimiento 250,00 €
TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS 4.274,50 €
TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 4.274,50 €.
De este embargo se practicará anotación preventiva en el Resgistro de la Propiedad de Ibiza nº1, a favor del Ayuntamiento de Ibiza.. Ibiza, a 20/03/2014, Tesorero Accidental, , José Torres Riera”
Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.
Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición:
a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.
b) Falta de notificación de la providencia de apremio.
c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley.
d) Suspensión del procedimiento de recaudación.
Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.
No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.
La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.
La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Canarias, 35 - 1º de Ibiza a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Ibiza, a 23 de abril de 2014
El Tesorero Accidental
José Torres Riera